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febrero 13, 2016

La impartición de justicia requiere de políticas públicas para hacer efectivos los derechos político-electorales: Zavala Arredondo

*El Magistrado Presidente de la Sala Regional Monterrey presentó su Tercer Informe Anual de Labores 2014-2015 y destacó la resolución de mil 270 medios de impugnación

*Destacó la implementación de políticas para erradicar barreras que impiden el acceso a la justicia y fortalecer el derecho a la información de las ciudadanas y los ciudadanos


Monterrey, Nuevo León. | 13 febrero de 2016
Tribuna Libre.- La impartición de justicia requiere de políticas públicas que hagan efectivos los derechos político-electorales de las y los ciudadanos, así como de la erradicación de los obstáculos en el acceso a la justicia, aseguró Marco Antonio Zavala Arredondo, magistrado presidente de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al presentar su Tercer Informe Anual de Labores 2014-2015, Zavala Arredondo indicó que durante el periodo que se reporta, del 1 de noviembre de 2014 al 31 de octubre de 2015, en la II Circunscripción se resolvieron oportunamente mil 270 medios de impugnación.

Destacó que la Sala Regional cuenta con procesos jurisdiccionales y administrativos certificados conforme a la norma ISO 9001:2008, que garantizan la impartición de justicia conforme a estándares de calidad que procuran un trato igualitario de las partes en los juicios.

Ante Constancio Carrasco Daza, magistrado presidente del TEPJF, así como de un auditorio integrado por Magistradas y Magistrados de la Sala Superior y de las Salas Regionales, Zavala Arredondo indicó que la relación de los tribunales con la ciudadanía no puede fortalecerse si no se mejora la manera de comunicar sus resoluciones; de ahí que la Sala haya adoptado un modelo de sentencia que atiende los principios de una justicia moderna.

Asimismo, la Sala Monterrey mantiene su política de celebrar audiencias públicas de alegatos para todo aquel que lo solicite, como un instrumento de transparencia y de acceso a la justicia al tener la posibilidad de exponer sus puntos de vista ante una controversia. En el periodo de rendición de cuentas se realizaron 144 audiencias y asistieron 453 personas.

Proceso electoral federal 2014-2015

El Magistrado Presidente de la Sala Regional Monterrey indicó que la elección de diputados del Congreso de la Unión y los comicios celebrados en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato y Nuevo León, significaron la aplicación de nuevas reglas en la materia, resultado de la reforma constitucional de 2014.

De los mil 274 medios de impugnación recibidos en la Sala, 799 fueron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 327 juicios de revisión constitucional, 74 juicios de inconformidad, 30 asuntos generales, 15 recursos de apelación, 15 juicios electorales, 11 juicios para dirimir conflictos o diferencias laborales y tres recursos de revisión.

De los 59 distritos electorales federales que comprenden la II Circunscripción, sólo en 12 de ellos no se presentaron inconformidades contra los resultados de los cómputos respectivos.

La Sala Regional celebró 56 sesiones públicas y 202 sesiones privadas, en las que en 99.92% de los casos las resoluciones se adoptaron por unanimidad, lo cual redunda en una mayor certeza y previsibilidad para los justiciables.

Anulación de elecciones por intervención de altos funcionarios

La Sala Regional Monterrey determinó la anulación de la elección de diputado federal del Distrito Electoral 01 en Aguascalientes, con cabecera en Jesús María, al haberse acreditado la presencia del gobernador del Estado en actos públicos, apoyando a uno de los candidatos durante la jornada electoral.

En la resolución se estableció que los actos de altos funcionarios con poder fáctico y material ante la ciudadanía generan un tipo de influencia mayor al de cualquier otro ciudadano, dada la relevancia y poder que tienen en su comunidad, por lo que se estimó actualizada la vulneración del principio de neutralidad.

Candidaturas independientes

Zavala Arredondo señaló que la Sala Regional de Monterrey determinó que para el registro de candidaturas independientes, la autoridad administrativa debe garantizar, en todo momento y de manera igualitaria para todos los solicitantes, el derecho de audiencia, así como la posibilidad de subsanar defectos o inconsistencias dispuestas por la normativa para el registro.

De igual manera, se resolvió que para las candidaturas independientes no resultaba exigible la prevalencia del financiamiento público sobre el privado, pues sólo por medio de recursos suficientes para realizar actos de campaña, tenían la posibilidad de difundir su plataforma electoral y hacer efectivo su derecho de libertad de expresión.

Paridad de género

En cuanto a  la paridad entre mujeres y hombres en candidaturas de elección popular, se reconoció que cualquier ciudadana podía controvertir los lineamientos generales o las actuaciones de la autoridad administrativa electoral para el cumplimiento de este principio, a fin de poder participar en igualdad de oportunidades.

Además de que resultaba válido establecer las directrices para la paridad horizontal en las candidaturas de los partidos políticos para las presidencias municipales y que los órganos electorales locales previeran medidas reparadoras de la asignación de cargos por el principio de representación proporcional.

En este sentido, el Magistrado agregó que en cuanto a los nuevos parámetros de la sub y sobrerrepresentación de los legisladores de cada fuerza política, se estableció que las legislaturas están facultadas para establecer la asignación adicional directa de diputados por el principio de representación proporcional a los partidos que hayan alcanzado el umbral mínimo.

Transparencia y acceso a la información

En materia de transparencia y acceso a la información, Zavala Arredondo refrendó el compromiso de la Sala Regional de otorgar toda la información de su actuar a la sociedad para que conozca sus actividades, tanto jurisdiccionales como administrativas, a través de la publicación de sus sentencias.

Así, colocando a la transparencia como eje rector de sus actividades y programas, se pone a disposición del público en general la página de Internet, con toda la información generada en el desarrollo de su quehacer institucional, de una manera ágil y oportuna.

El Informe de Labores se rinde en cumplimiento de la fracción IV del artículo 51 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ante el Magistrado Presidente de la Sala Superior y la Comisión de Administración.


La Sala Regional Monterrey ejerce jurisdicción y competencia en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas, que en conjunto conforman la II Circunscripción Plurinominal.

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