*Todos los ciudadanos tienen derecho a consultar
documentos y obtener copia o reproducciones gráficas o electrónicas, recordó el
diputado Víctor Román Jiménez.
Xalapa, Ver. | 27 agosto de 2016
Tribuna Libre.- Gracias a la nueva
Ley de Transparencia y Acceso a la Información que aprobaron diputadas y
diputados de la LXIII Legislatura el pasado 26 de mayo, ya no será obligatorio
acreditar interés legítimo para solicitar y acceder a información pública,
destacó el legislador Víctor Román Jiménez.
El diputado dijo
que esta legislación permitirá regular y garantizar el derecho de los
ciudadanos y ciudadanas a la información.
Román Jiménez
puntualizó que la nueva ley tiene como finalidad, según establece el dictamen,
promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de
la función pública, el acceso a la información y la participación ciudadana,
así como la rendición de cuentas, a través del establecimiento de políticas
públicas.
El presidente de
la Comisión Permanente de Transparencia y Acceso a la Información recordó que
toda persona tiene el derecho a conseguir información, así como a consultar
documentos y obtener copia o reproducciones gráficas o electrónicas, simples o
certificadas.
Por ello, dijo, es
fundamental que el titular del Ejecutivo estatal ordene publicar en la Gaceta
Oficial del Estado el ordenamiento legal en mención.
Recordó que el
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de
Datos Personales (INAI) hizo un exhorto a autoridades de Veracruz para que sea
publicada la ley, y las y los legisladores reiteran su llamado en este sentido.
La Ley de
Transparencia establece sanciones para los sujetos obligados cuando incumplan
con su obligación de brindar información
pública, entre ellas amonestación o multas que van de los 150 a los mil 500
salarios mínimos.
Podría ser causal
de sanción el que los sujetos obligados no actualicen la información
correspondiente a los lineamientos de transparencia que marca la ley; declarar
inexistencia de información cuando éstos deban generarla.
También, no
documentar el ejercicio de sus facultades, competencias, funciones o actos de
autoridad; no acatar las resoluciones emitidas por los organismos garantes, en
ejercicio de sus funciones, y declarar la inexistencia de información cuando
exista total o parcialmente en sus archivos.