*A nombre del PRI, el diputado Juan Nicolás Callejas Roldán
presentó una iniciativa para adicionar el artículo 317 Bis al Código Penal del
Estado.
Xalapa, Ver. | 12 Julio de 2017
Tribuna Libre.- Para sancionar el actuar
irregular de los servidores públicos responsables de las relaciones laborales,
cuando realicen u ordenen un despido injustificado, en perjuicio tanto del
trabajador al no respetar sus derechos y los procedimientos consignados en la
legislación laboral, como de la hacienda pública, el grupo legislativo del PRI
en el Congreso del Estado propuso adicionar el artículo 317 Bis al Código Penal
del Estado.
Durante la décima sesión
ordinaria, del primer año de labores, el diputado Juan Nicolás Callejas Roldán
presentó la iniciativa en la que –explicó- es necesario plantear la
responsabilidad penal de los servidores públicos que en el desempeño de su
cargo o función, sin cumplir los procedimientos laborales, incurran en actos u
omisiones que deriven en despidos injustificados, previa declaración del
Tribunal correspondiente.
El legislador subrayó que en
los últimos años, las haciendas públicas se han visto afectadas gravemente como
resultado de laudos condenatorios recaídos en múltiples demandas laborales en
contra de ayuntamientos y de dependencias y entidades de la administración
pública estatal.
Dijo que de acuerdo con
cifras difundidas por magistrados del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, se
estiman adeudos en esa materia por más de 2 mil millones de pesos, cantidad que
representa el 3 por ciento del Producto Interno Bruto Estatal y el 67.4 por
ciento de los ingresos totales de los gobiernos municipales.
Enfatizó que este problema
se ha generado, entre otras causas, por despidos injustificados motivados por
revanchismos políticos y por actos sin apego a los procedimientos establecidos
en la legislación laboral aplicable.
Refirió que la Ley Federal
del Trabajo y la Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz establecen con
precisión los procedimientos que deben agotarse para rescindir o cesar a un
trabajador, lo cual es una obligación para el patrón y un derecho para el
trabajador. Sin embargo –añadió- dichos procedimientos no se aplican en muchos
casos, generando con ello despidos numerosos y juicios laborales, e inclusive
administrativos, y una gran cantidad de resoluciones condenatorias.
La consecuencia de lo
anterior es una afectación a la sociedad, pues al pagar grandes cantidades de
dinero por concepto de laudos, las entidades públicas dejan de cumplir con su
fin primordial, que es proporcionar obras y servicios públicos a los ciudadanos,
considerando que la razón de ser de las instituciones públicas es servir al
desarrollo de la sociedad.
En el tema de los
despidos injustificados, nos encontramos
ante el supuesto jurídico de un acto arbitrario por parte de la autoridad, que
con su actuar le causa un perjuicio tanto a la entidad pública, poniendo en riesgo sus recursos, como a los
trabajadores injustamente despedidos, por no observar las normas que regulan
las relaciones laborales, concluyó.
Esta iniciativa fue turnada
a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su estudio
y dictamen correspondiente.