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julio 13, 2017

Sedecop deberá informar sobre despacho contratado para entrega-recepción

IVAI le revocó acuerdo con el que clasificó lo solicitado como reservado

*Es información pública y no se justificó en qué afectaría conocerla.

*Aun cuando se clasifique información, debe entregarse una versión pública.

Xalapa, Ver. | 13 Julio de 2017
Tribuna Libre.-El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) ordenó a la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario (Sedecop) que proporcione información relacionada con el despacho que fue contratado en esa dependencia para el proceso de entrega-recepción de la administración de Javier Duarte de Ochoa a la de Miguel Ángel Yunes Linares, luego de que un particular se inconformara porque la Sedecop la clasificó en su totalidad como reservada por un periodo de dos años.

La persona requirió conocer qué despacho fue contratado; qué documento justifica la contratación; cuánto cobró; quién le pagó; de qué partida presupuestaria se hizo; quiénes fueron las personas que trabajaron o fueron enlace con dicho despacho; cuál fue el criterio para contratarlo; cuál fue el resultado de esa revisión o dictamen final; quién revisó los resultados; en caso de haber observaciones, qué acciones realizaron y en qué fechas; el contrato;  así como todo documento que justifique la contratación y acciones empleadas por el despacho.

Mediante ACUERDO/SEDECOP/CT/EXT/05/2017, el Comité de Transparencia de la Secretaría clasificó como reservada la información con base en el artículo 68, fracción IX, de la ley 875 de transparencia del estado. Entre otras cosas, el peticionario manifestó que no se acreditó el daño que podría causarse si le dieran la información y que el acuerdo se le notificó siete días naturales después de que fuera emitido, lo que a su parecer dilató el ejercicio de su derecho sin justificación.

Tras revisar el asunto, los comisionados Yolli García Alvarez y José Rubén Mendoza Hernández le dieron la razón al inconforme en estos aspectos, ya que en principio lo requerido es información pública correspondiente a obligaciones de transparencia; esto es, el sujeto obligado debe darle publicidad al procedimiento de las contrataciones realizadas.

Los comisionados concluyeron que efectivamente se omitió justificar el perjuicio que se pudiera ocasionar al revelar la información y no se demostró por qué la afectación supera el beneficio de darla a conocer; por lo que no fue suficiente que el Comité validara la reserva con base en señalamientos genéricos.

El IVAI precisó que aun si la clasificación se hubiera hecho adecuadamente, el sujeto obligado habría incumplido, ya que no emitió a través del Comité la versión pública de los documentos para tutelar el derecho de la persona como lo mandata la ley.

Por otro lado, en la sentencia se señala que la reserva no se apegó a la normatividad, pues el artículo y fracción citada tienen que ver con revisiones y auditorías y parte de lo solicitado únicamente se relaciona con las condiciones por las que se llevó a cabo la contratación referida.

Además, la causal de reserva señalada en esa norma corresponde únicamente a las revisiones y auditorias llevadas a cabo de forma directa o indirecta por órganos de control o de fiscalización estatales, por lo que en caso de que no sea así la Sedecop deberá remitir la totalidad de la información solicitada.

En caso contrario, deberá emitir un nuevo acuerdo de clasificación en donde de manera fundada y motivada reserve únicamente lo que corresponde al resultado de la revisión, y observaciones y acciones realizadas para atenderlas, en caso de existir. No obstante, deberá poner a disposición la versión pública de lo clasificado.

Finalmente, sobre el retraso en la notificación, el órgano garante enunció que todos los procedimientos en materia de acceso a la información deben ser sencillos y expeditos, y si bien no existe constancia de cuándo le fue entregado el acuerdo a la Unidad de Transparencia, esta deberá procurar en futuras ocasiones remitir a la brevedad posible a los solicitantes las respuestas y/o acuerdos emitidos.


En la sesión pública del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales resolvió 34 recursos de revisión. 

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