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noviembre 08, 2017

Confirma TEPJF designación de magistrado presidente interino del Tribunal Electoral del Estado de Campeche

*El Pleno estableció que la figura de un presidente interino o por Ministerio de Ley es correcta para solucionar el conflicto provocado por el término del nombramiento de su entonces presidenta.

Ciudad de México. | 09 noviembre de 2017
Tribuna Libre.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó, por unanimidad, confirmar el acuerdo del Tribunal Electoral del Estado de Campeche, mediante el cual se designó a Victor Manuel Rivero Álvarez como magistrado presidente por Ministerio de Ley de ese organismo jurisdiccional.

Al resolver el SUP-JDC-915/2017, promovido por el magistrado Carlos Francisco Huitz Gutiérrez, las magistradas y magistrados del TEPJF calificaron como infundados los agravios relativos a que debió elegirse a quien presidiría el Tribunal local por dos años, observando el principio de rotación en sesión pública, como lo establece la ley,

La Sala Superior estableció que se trata de un caso extraordinario porque la ex magistrada presidenta del tribunal estatal no pudo concluir el plazo para el cual fue electa, debido a que su nombramiento como magistrada terminó antes; lo cual también provocó que el Pleno no esté debidamente integrado al sólo haber dos magistrados electorales.

En este sentido, la figura de un presidente interino o por Ministerio de Ley, es una manera correcta de solucionar el conflicto provocado por el término del nombramiento de su entonces presidenta, para de esa forma esperar a que el Pleno esté debidamente integrado y que sean éstos quienes elijan a quien presidirá el órgano por el plazo establecido en la ley.

En este caso no era aplicable la exigencia de hacer la elección en sesión pública, atendiendo a los principios de rotación, alternancia de género y no reelección, ya que esas reglas sólo son aplicables para el nombramiento ordinario y no cuando se hace por Ministerio de Ley.


Durante la sesión pública se resolvieron 45 medios de impugnación: 18 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional electoral, ocho recursos de apelación, 15 recursos de reconsideración y dos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador. 

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