*Será la Comisión de Procuración de Justicia la que
reciba las propuestas y posteriormente realice las entrevistas a los
aspirantes.
Tribuna Libre.-Las diputadas y
diputados de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el Acuerdo
por el que se expide la convocatoria a organizaciones de profesionistas,
instituciones académicas y a la sociedad en general, a proponer ciudadanas y
ciudadanos veracruzanos como candidatos al cargo de Fiscal Especializado en
Combate a la Corrupción.
En la sesión
ordinaria, fue avalada esta Convocatoria que norma el procedimiento para la
designación -por el Congreso del Estado- del titular de la Fiscalía
Especializada en Combate a la Corrupción, mismo que durará en el cargo cinco
años.
Las personas que
aspiren al nombramiento de Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción
deberán cumplir y acreditar los requisitos siguientes: ser ciudadano mexicano
por nacimiento en ejercicio de sus derechos y no tener otra nacionalidad;
tener, cuando menos, 30 años cumplidos al día de su designación y poseer, al
día de su designación, el título de Licenciado en Derecho, con antigüedad
mínima de cinco años, expedido por autoridad o institución mexicana legalmente
facultada para ello.
No haber sido
condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión;
pero si se tratare de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, lo
inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena y no pertenecer al
estado eclesiástico, no ser ministro de algún culto religioso, a menos que se
separe conforme a lo establecido en la Constitución federal y la ley de la
materia.
No podrá ser
Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción la persona que haya ocupado el
cargo de Secretario de Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado,
Senador, Diputado Local o Federal o Presidente Municipal, durante el año previo
al día de su nombramiento.
Las propuestas
serán recibidas por un período de cinco días hábiles, contados a partir del día
siguiente a la publicación de la presente Convocatoria, en horario de 9:00 a
18:00 horas, en las oficinas de la Comisión Permanente de Procuración de
Justicia, en el Palacio Legislativo, ubicado en la esquina de avenida Encanto
con avenida Lázaro Cárdenas, Colonia El Mirador, Código Postal 91170, en
Xalapa, Veracruz.
Las propuestas
también deberán acompañarse de un escrito en el que la organización o
institución respectiva, o el propio aspirante, exprese los motivos por los que
considera que la persona propuesta es apta para aspirar al cargo; Curriculum
Vitae, firmado por el aspirante, y
documentación soporte en original y copia para su cotejo, con un resumen
del mismo.
Así como copia
certificada del acta de nacimiento; original y copia de la credencial para
votar con fotografía y original o copia
certificada por notario público del título profesional y carta en la que el
aspirante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que reúne todos los
requisitos exigidos en la convocatoria y que no tiene impedimento legal alguno
para desempeñar el cargo.
Dentro de los diez
días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de registro, la Comisión
Permanente de Procuración de Justicia realizará las entrevistas y presentará la
terna al Pleno para su votación. El
Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción será nombrado por las dos
terceras partes de los diputados presentes en el Pleno del Congreso del Estado.
En caso de que
después de la votación ninguno de los integrantes de la terna obtenga la
mayoría calificada, se someterá nuevamente a votación a los dos aspirantes que
hayan obtenido la más alta votación; en caso de que ninguno obtenga la mayoría
calificada, la Comisión deberá presentar una segunda terna, en la que podrán
participar los aspirantes propuestos en la primera.
El Fiscal
Especializado en Combate a la Corrupción durará en su encargo cinco años, sin
perjuicio de que pueda ser removido a solicitud del Fiscal General o por el
propio Congreso, por el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes en el Pleno, cuando se actualice alguna de las causales que se
establezcan en la ley para tal efecto.