*El
control de convencionalidad (o armonización de las normas nacionales e internacionales)
fortalece el derecho electoral mexicano y la protección de los derechos humanos.
Tribuna Libre.- Los jueces tienen la obligación de armonizar
las disposiciones constitucionales y convencionales, a través de la
interpretación y apertura a los estándares internacionales para fortalecer el
derecho electoral mexicano, a fin de potenciar los derechos humanos de las
personas, y con ello, contribuir a la construcción de la democracia, estableció
la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF), Janine M. Otálora Malassis.
Al pronunciar la Conferencia Magistral “El
Control de convencionalidad en el Sistema Interamericano de derechos humanos”,
dentro de las Jornadas Itinerantes de Justicia Electoral con Perspectiva en Derechos
humanos, organizadas por la Sala Regional Ciudad de México, la magistrada
presidenta expuso ante autoridades administrativas y jurisdiccionales de la
Cuarta Circunscripción Plurinominal el desarrollo del control de
convencionalidad y los casos, en los que el TEPJF ha aplicado esa
interpretación.
La magistrada Otálora Malassis refirió que el
término “control de convencionalidad”, acuñado por Sergio García Ramírez,
define “la potestad conferida o reconocida a determinados órganos
jurisdiccionales…, para verificar la congruencia entre actos internos (de los
Estados) con las disposiciones del Derecho Internacional”, estrictamente el
Derecho Interamericano, con el fin de favorecer, garantizar y potenciar los
derechos humanos.
En México, abundó, la introducción formal del
control de convencionalidad se dio a partir de la reforma constitucional al
artículo primero, que estableció que todas las personas gozarán de los derechos
humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los
que el Estado sea parte, así como que las normas relativas a los derechos
humanos se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la
protección más amplia.
La magistrada presidenta Otálora Malassis
señaló que el Tribunal Electoral ejerció el control de convencionalidad en
numerosos casos, con el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo de los
derechos humanos y evitar suprimirlos o limitarlos en mayor medida que la
permitida en la Constitución y en los propios tratados internacionales.
Con ello, expresó la magistrada presidenta,
la interpretación que sostuvo el Tribunal, permitió, entre otros avances
importantes, la maximización del derecho político-electoral a ser votado,
eliminando las restricciones excesivas en el caso Hank Rhon (SUP-JDC-695/2007),
la ampliación del derecho a la participación política de los ciudadanos
simpatizantes de los partidos políticos, al permitir que realicen aportaciones
a los institutos políticos de su preferencia sin restricciones temporales
(SUP-RAP-20/2017), así como la efectividad del principio de paridad en la
integración de los ayuntamientos (SUP-JDC-567/2017 y acumulados).
La magistrada presidenta Otálora Malassis
subrayó que, en todos estos casos, la Sala Superior, empleando la
interpretación conforme al bloque de constitucionalidad, amplió la esfera de
derecho y dotó de efectividad el principio de paridad en la integración de los
ayuntamientos.
Finalmente, la magistrada presidenta dijo que
con la interpretación y apertura a los estándares internacionales en el
análisis de la normativa electoral podemos fortalecer el derecho electoral
mexicano, contribuyendo a la construcción de nuestra democracia, entendida como
el sistema de protección de derechos humanos por excelencia.
En la conferencia estuvieron el magistrado
presidente de la Sala Regional Ciudad de México, Armando Maitret Hernández, la
magistrada María G. Silva Rojas y el magistrado Héctor Romero Bolaños, así como
consejeros electorales y magistrados de la Cuarta Circunscripción, integrada
por los estados de Guerrero, Morelos, Puebla, Tlaxcala y Ciudad de México.