Tribuna Libre.- La Sala Regional Monterrey, ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir nuevas
resoluciones, respecto de las sanciones impuestas a los partidos políticos en
diversos Estados, con motivo de sus informes anuales de ingresos y gastos.
La Sala Regional Monterrey, resolvió el
recurso de apelación interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional
para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional
Electoral, en la que le impuso diversas sanciones económicas como consecuencia
de las irregularidades encontradas en sus informes anuales de ingresos y gastos
correspondientes al año 2016, en el Estado de Zacatecas.
El Pleno de la Sala Regional, por una parte,
confirmó diversas multas en las que consideró que el INE sancionó adecuadamente
al instituto político al haber incurrido en irregularidades que dificultaron la
fiscalización y rendición de cuentas de los recursos públicos que se le
otorgaron; sin embargo, también concluyó que algunas sanciones resultaban contrarias
a derecho, como lo fueron las multas que se le impusieron al partido político
por rebasar el límite anual de aportaciones de militantes, así como aquellos
gastos relacionados con eventos de tomas de protesta.
En la sentencia se estimó que el INE indebidamente
contabilizó las aportaciones de personas que no son militantes, para determinar
el rebase; y que no analizó de forma exhaustiva los gastos de toma de protesta
de candidatos, dado que los gastos no correspondían al periodo de precampaña
como argumentó la autoridad administrativa, por lo que se ordenó al Instituto
Electoral que emitiera una nueva resolución, descontará las aportaciones que no
fueron realizadas por militantes, así como los gastos por eventos de toma de
protesta y con esa reducción determinara si seguía existiendo el presunto
rebase.
En otros asuntos, este órgano de decisión
ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir nuevas resoluciones en las que
las sanciones impuestas a varios partidos políticos con motivo de las irregularidades
encontradas en sus informes anuales de ingresos y gastos ordinarios, se
realicen sobre la base de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la
Ciudad de México, al momento de la comisión de la infracción y no la vigente en
2017 al momento de emitirse la resolución sancionadora.
Durante la sesión pública, este órgano de
decisión resolvió 3 juicios para la protección de los derechos
político-electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional
electoral y 13 recursos de apelación.