*Relacionadas
con informes anuales de ingresos y gastos de partidos políticos.
Tribuna Libre.- La Sala Regional Monterrey ordenó al
Instituto Nacional Electoral emitir nuevas resoluciones, respecto de las
sanciones impuestas a los partidos políticos en diversos Estados, con motivo de
sus informes anuales de ingresos y gastos.
El Pleno de la Sala Regional Monterrey
resolvió el recurso de apelación interpuesto por el Partido Acción Nacional
para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional
Electoral, en la que le impuso diversas sanciones económicas a ese instituto
político como consecuencia de las irregularidades encontradas en sus informes
anuales de ingresos y gastos correspondientes al año 2016, en el Estado de
Aguascalientes.
La Magistrada y los Magistrados, por una
parte, confirmaron diversas sanciones económicas en las que consideraron que el
INE sancionó adecuadamente al PAN al haber incurrido en irregularidades que
dificultaron la fiscalización y rendición de cuentas de los recursos públicos
que se le otorgaron; sin embargo, también determinaron que la multa que se le
impuso al partido político por no destinar el monto establecido para
actividades ordinarias y actividades específicas, resultaba contraria a
derecho.
En la sentencia se estimó que el INE no fue
exhaustivo en el análisis de la documentación comprobatoria que proporcionó el
partido político, ya que no expuso en su resolución las razones por las cuales
no tomó en cuenta la documentación contenida en el Sistema Integral de
Fiscalización (SIF), ni los motivos por los que la información proporcionada
por el instituto político no cumplía con los criterios para comprobar los
gastos de las actividades específicas y ordinarias de operación y
funcionamiento, por lo que se ordenó al Instituto Electoral que emita una nueva
resolución, para que analice nuevamente los documentos registrados en el SIF y,
en su caso, exponga de manera detallada las razones por las cuales considera
que la documentación aportada por el partido político no es suficiente para
justificar la aplicación de los recursos públicos otorgados.
En un diverso recurso de apelación, este
órgano de decisión ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir una nueva
resolución, para que las sanciones impuestas al Partido del Trabajo, con motivo
de las irregularidades encontradas en su informe anual de ingresos y gastos
ordinarios, se realicen sobre la base de la Unidad de Medida y Actualización
vigente en la Ciudad de México, al momento de la comisión de la infracción y no
la vigente en 2017 al momento de emitirse la resolución sancionadora.
Durante la sesión pública, este órgano de
decisión resolvió 1 juicio para la protección de los derechos
político-electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional
electoral y 14 recursos de apelación.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia
federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda
circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes,
Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y
Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la
preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio
Sánchez-Cordero Grossmann.