*El
consentimiento por escrito o cualquier otro medio de quienes ejerzan la patria
potestad o tutela es fundamental para proteger derechos de los menores.
Ciudad
de México | 02 enero de 2018
Tribuna Libre.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) advirtió que el interés superior de las
niñas, niños y adolescentes implica que el desarrollo de éstos y el ejercicio
pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la
elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a
su vida, entre ellos su participación en spots de partidos políticos.
Al emitir la Jurisprudencia 5/2017 con el
rubro “Propaganda política y electoral. Requisitos mínimos que deben cumplirse
cuando se difundan imágenes de niños, niñas y adolescentes”, el TEPJF determinó
que el derecho a la imagen de las niñas, niños y adolescentes está vinculado
con el derecho a la intimidad y al honor, entre otros derechos inherentes a su
personalidad, que pueden resultar lesionados a partir de la difusión de su
imagen en los medios de comunicación social, como ocurre con los spots
televisivos de los partidos políticos.
Por ello, “si en la propaganda política o
electoral se recurre a imágenes de personas menores de edad como recurso
propagandístico y parte de la inclusión democrática, se deben cumplir ciertos
requisitos mínimos para garantizar sus derechos, como el consentimiento por
escrito o cualquier otro medio de quienes ejerzan la patria potestad o tutela,
así como la opinión de la niña, niño o adolescente en función de la edad y su
madurez”.
La jurisprudencia referida tiene fundamento
en lo dispuesto en los artículos 1° y 4°, párrafo noveno, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, de la Convención sobre los
Derechos del Niño; 78, fracción I, en relación con el 76, segundo párrafo, de
la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y 471, de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Este criterio, obligatorio para todas las
autoridades y actores políticos, permite al Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación proteger el interés superior de niñas, niños y
adolescentes.