*La
Sala Superior determinó inaplicar las adiciones a la normatividad.
*El
Tribunal Electoral local es un órgano autónomo de los poderes del Estado y,
para garantizar dicha autonomía, se debe evitar cualquier injerencia de otros
poderes públicos.
Tribuna Libre.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, el
acuerdo del Congreso de Morelos mediante el cual se designó a Javier Rojas
Pérez como titular del Órgano Interno de Control del Tribunal Electoral de esa
entidad.
El 15 de diciembre pasado, el Congreso de
Morelos emitió un acuerdo mediante el cual aprobó la designación del ciudadano
Javier Rojas Pérez como titular del Órgano Interno de Control del Tribunal
Electoral del Estado de Morelos (TEEM), mismo que fue publicado el 24 de enero
pasado.
Para poder llevar a cabo esta designación, el
congreso local realizó una reforma a la legislación electoral de la entidad, en
la cual se facultó a sí mismo para designar al titular del Órgano Interno de
Control del tribunal electoral.
El magistrado presidente del TEEM, Francisco
Hurtado Delgado, promovió un juicio electoral en el que impugnó el acuerdo
parlamentario, por considerar que éste vulneró la autonomía e independencia de
dicho Tribunal Electoral, ya que la designación constituye un incentivo
estructural que conlleva a la intromisión, subordinación y dependencia del
órgano jurisdiccional local, transgrediendo con ello el principio de
independencia que debe regir a la función jurisdiccional.
Al resolver el SUP-JE-7/2018, el Pleno de la
Sala Superior consideró fundados los agravios y señaló que el tribunal
electoral local debe gozar de autonomía en su funcionamiento e independencia en
sus decisiones, por lo que su composición o estructura orgánica no debe verse
afectada mediante la intervención de los órganos de poder público del Estado de
Morelos, como lo es el congreso local.
En este sentido, las magistradas y
magistrados refirieron que la autonomía implica un ejercicio de equilibrio de
poderes públicos, por lo que se debe evitar que el tribunal de Morelos, como
ente encargado resolver las controversias electorales, tenga cualquier tipo de
injerencia de otro órgano en su integración y funcionamiento, de manera que su
regulación y actuación esté blindada de cualquier sometimiento a otros poderes
públicos.
En consecuencia, la Sala Superior revocó el
acuerdo parlamentario, dejando sin efectos la designación realizada por el
congreso local.