Tribuna Libre.- El 18 de julio de 2016 se promulgó la Ley
General del Sistema Nacional Anticorrupción, que “establece las bases del
Sistema Nacional para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y
sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción”. Esta ley no
termina de implementarse porque el Senado de la República no ha nombrado al
titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con la
corrupción, debido a la falta de acuerdos, a las incongruencias y luchas
políticas que se suscitan en el seno de ese órgano entre legisladores que sólo
defienden intereses partidarios.
Por ello, es importante entender qué es la
reforma y dilucidar, al mismo tiempo, lo que ponerla en práctica según lo que
aprueben estos servidores públicos.
Por medio de esta ley, se busca “establecer
mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la
corrupción en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las
alcaldías de la Ciudad de México”.[1]A su promulgación, se le suman dos
decretos que buscan reformar y adicionar disposiciones de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de la República, promulgada en la misma fecha.[2]Por el
primero (relativo al artículo 9º), se establece que el “Procurador General de
la República emitirá los acuerdos, circulares, instructivos, bases y demás
normas administrativas necesarias que rijan la actuación de las unidades
administrativas y órganos técnicos y administrativos, centrales y
desconcentrados, de la Procuraduría General de la República”.[3]Mientras que, a
través del segundo (referente al artículo 10º bis de la citada ley), se dispone
que esta “Fiscalía en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción
es el órgano con autonomía técnica y operativa para investigar y perseguir los
hechos que la ley considera como delitos por hechos de corrupción”.
La Ley General del Sistema Nacional
Anticorrupción no termina de implementarse, aunque ya se haya aprobado, debido
a algunas situaciones que no son difíciles de suponer: 1) que PRD y Morena
bloqueen cualquier iniciativa que venga del presidente de la República, Enrique
Peña Nieto, que se encuentra al final de su sexenio y no quieren que se
justifique con el posible éxito de ésta. 2) Por miedo a que, con su aplicación,
inicien la investigación a políticos y gente de la función pública a la que
puedan juzgar de manera neutral, como debería ser cada caso hasta llegar a sus
últimas consecuencias. 3) O bien, probablemente, que dicho bloqueo pueda
significar una estrategia del partido que piense ganará la Presidencia de 2018,
para obstaculizar el avance del proceso.
Así, después de la reconfiguración de las
Cámaras del Congreso de la Unión como resultado de las elecciones del 1 de
julio de este año, puedan determinar quiénes serán parte de dicha Fiscalía, sin
temer a la revocación de tales nombramientos, o bien, al retraso indefinido que
puedan ejercer en su implementación. A pesar de que las reflexiones anteriores
son meras suposiciones, revelan un problema claro: la poca importancia que
conceden a un problema sustancial de la realidad política mexicana, la
corrupción. Esto exige poner en tela de juicio muchas de las prácticas
políticas que llevan a cabo todos los partidos. Es decir, el retraso en la
aplicación de esta ley muestra las dificultades que vienen cuando se hacen
cambios importantes destinados a solucionar un problema grave, un lastre que ha
alcanzado niveles tan profundos al interior de nuestra cultura que demanda
medidas concretas. ¿Será que los políticos lo conciben como un perjuicio hacia
su labor y sentido profesional? Probablemente así lo sea.