*La
Sala Superior confirmó la sentencia de la Sala Regional Toluca y, con ello, la
victoria de la coalición “Juntos Haremos Historia”.
Tribuna Libre.- El Pleno de la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad
de votos, la resolución emitida por la Sala Regional Toluca emitida en el
ST-JRC-140/2018, la cual validó el resultado del cómputo de la elección de
diputado local correspondiente al 05 Distrito Electoral, con cabecera en el
municipio de Paracho, Michoacán, así como, la declaración de validez y la
expedición de la constancia de mayoría respectiva.
La Sala Regional confirmó la validez de esa
elección, por considerar que se desarrolló con normalidad, dadas las
circunstancias particulares del distrito 05. En concreto, la Sala Regional
señaló que los hechos de violencia y las publicaciones periodísticas sirvieron
de fundamento para que el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán
autorizara el cambio de sede del Comité Municipal de Nahuatzen, Michoacán, así
como la no instalación de 34 casillas en 13 secciones (el 13.91% del total de
las secciones del distrito) o su reubicación en los municipios de Charapan,
Chilchota, Nahuatzen, Paracho y Quiroga.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD)
interpuso un recurso de reconsideración en contra de la sentencia referida,
argumentando que la elección de la diputación por el distrito 05 de Michoacán
debería ser anulada, al no haberse instalado el 25% de casillas previstas
originalmente para esa demarcación electoral, lo que limitó injustificadamente
el derecho al voto de la ciudadanía, en particular, de las comunidades
indígenas que habitan su territorio.
Al resolver el SUP-REC-1062/2018, la Sala
Superior determinó que la decisión de la Sala Regional de validar la elección
fue apegada a Derecho, porque la jornada electoral se celebró de manera
ordenada. Esto, porque la no instalación de 34 casillas fue resultado de acuerdos
de la autoridad electoral, plenamente justificados y tomados el contexto de la
situación social que acontece en diversas comunidades y municipios de
Michoacán, incluso con anterioridad a la jornada electoral.
En ese tenor, las magistradas y magistrados
señalaron que, para los efectos de acreditar la causal de nulidad, se puede
considerar que únicamente cinco casillas del distrito no fueron instaladas, ya
que respecto de las otras 34 casillas referidas, su no instalación ya estaba
considerada, pues la determinación respectiva fue acordada con anterioridad a
la jornada electoral. De ahí que el Pleno consideró que en esa situación no se
actualiza la causal de nulidad alegada por el PRD.
En consecuencia, la Sala Superior confirmó la
resolución de la Sala Regional Toluca y, con ello, el resultado del cómputo
distrital de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa en
el 05 distrito electoral, con cabecera en Paracho, Michoacán, la declaración de
validez y, consecuentemente, el otorgamiento de las constancias respectivas a
favor de la candidatura postulada por la coalición “Juntos Haremos Historia”.