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noviembre 08, 2018

Gómez Cazarín no puede ser presidente de la Jucopo


Xalapa, Ver. | 08 noviembre de 2018 
Tribuna Libre.- La posibilidad de nombrar a Javier Gómez Cazarín como coordinador de la fracción de Morena, pone en riesgo la presidencia de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) para dicho instituto político, pues el legislador fue postulado por el Partido Encuentro Social, como parte de la coalición Juntos Haremos Historia.

El artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, establece que el coordinador del grupo legislativo que cuente con la mayoría absoluta, 26 o más diputados, será el presidente de la Junta por toda la Legislatura.

En caso de que ningún Grupo cuente con la mayoría absoluta de diputados, la presidencia de la Junta será ocupada por toda la Legislatura por el coordinador del que cuente con la mayoría relativa, siempre que el número de diputados de ese grupo sea superior a veinte. En ese caso, correspondería a Morena.

De no actualizarse alguna de las hipótesis previstas en los párrafos anteriores, la responsabilidad de presidir la Junta recaerá en los coordinadores de los tres grupos legislativos que cuenten con el mayor número de diputados, durante plazos proporcionales a su representación, de acuerdo con el orden decreciente de diputados que los conformen, según la última reforma en noviembre del 2016.

Ni bajo ese supuesto Gómez Cazarín podría llegar a la Jucopo, pues pese a que integra la tercera fracción con más diputados, debajo de Morena con 20 y PAN con 13, luego de que el partido de izquierda sumó a Pozos Castro, ya no rotará la presidencia de la Jucopo.

En la página oficial de la 65 legislatura se confirma que José Manuel Pozos Castro se registró como diputado de Morena, aunque compitió por el partido del Trabajo, dicho instituto se quedó con cuatro diputados.

La misma ley establece que para los efectos de la instalación de la Junta y la determinación de su presidente, el número de diputados integrantes de los Grupos Legislativos se computará con base en el que corresponda exclusivamente a cada partido al momento de iniciar sus funciones la Legislatura, sin incluir a diputados provenientes de otros partidos, aunque hubieren renunciado a éstos de manera previa. Por lo que no tendría por qué contar la incorporación de Pozos Castro.

En el caso de partidos políticos coaligados en la elección de diputados por mayoría relativa, se estará a los términos del convenio aprobado por el Instituto Electoral Veracruzano, en cuanto al origen partidista y Grupo legislativo al que pertenecerían los candidatos postulados.

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