*Presenta una iniciativa que reforma el Artículo
Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz.
Xalapa, Ver. | 05 Diciembre de 2014
Tribuna Libre.- Con la finalidad de dar certidumbre a los municipios en la distribución
de los recursos que reciben de la Federación, el diputado Alfredo Gándara Andrade
presentó una Iniciativa que reforma el Artículo Tercero Transitorio de la Ley
de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz.
Durante la Quinta
Sesión Ordinaria del segundo año de labores, el Legislador propuso que “para el
ejercicio 2015, los fondos de participaciones que establecen los artículos 9 y
14 de esta ley, el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos,
los Fondos de Fiscalización y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se
distribuyan a los municipios de acuerdo con los factores vigentes en 2014, en
sustitución de los porcentajes referidos en el artículo 10 de este mismo
ordenamiento”.
La recaudación
derivada de aplicar la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
al consumo de gasolina y diesel, se distribuirá a los municipios veracruzanos
en 70 por ciento, con base en el factor de distribución del Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (Fortamun DF), y en 30 por ciento, con base
en el Fondo de Infraestructura Social y Municipal (FISM), vigentes en 2014.
Esa reforma es
necesaria –justificó Gándara Andrade– ya que en junio de 2008 se derogó el
Artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, para trasladar a este precepto
los factores de distribución referidos en la disposición transitoria derogada.
La iniciativa,
turnada a la Comisión de Hacienda Municipal, garantiza que la mayoría de los
municipios de la entidad no sufra reducción en su presupuesto, pues la Ley de
Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz regula la
participación de las haciendas públicas estatal y municipales, sobre los
ingresos de la federación.
Para distribuir
los recursos, el ordenamiento contempla porcentajes de pobreza y del coeficiente
de participación municipal, así como la recaudación del municipio durante los
dos años anteriores.