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diciembre 05, 2014

Mayor certidumbre en distribución de recursos federales, pide Alfredo Gándara

*Presenta una iniciativa que reforma el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz.

 
Xalapa, Ver. | 05 Diciembre de 2014
Tribuna Libre.-  Con la finalidad de dar certidumbre a los municipios en la distribución de los recursos que reciben de la Federación, el diputado Alfredo Gándara Andrade presentó una Iniciativa que reforma el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado de Veracruz.

Durante la Quinta Sesión Ordinaria del segundo año de labores, el Legislador propuso que “para el ejercicio 2015, los fondos de participaciones que establecen los artículos 9 y 14 de esta ley, el Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, los Fondos de Fiscalización y el Fondo de Extracción de Hidrocarburos se distribuyan a los municipios de acuerdo con los factores vigentes en 2014, en sustitución de los porcentajes referidos en el artículo 10 de este mismo ordenamiento”.

La recaudación derivada de aplicar la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios al consumo de gasolina y diesel, se distribuirá a los municipios veracruzanos en 70 por ciento, con base en el factor de distribución del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (Fortamun DF), y en 30 por ciento, con base en el Fondo de Infraestructura Social y Municipal (FISM), vigentes en 2014.

Esa reforma es necesaria –justificó Gándara Andrade– ya que en junio de 2008 se derogó el Artículo 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, para trasladar a este precepto los factores de distribución referidos en la disposición transitoria derogada.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Hacienda Municipal, garantiza que la mayoría de los municipios de la entidad no sufra reducción en su presupuesto, pues la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios de Veracruz regula la participación de las haciendas públicas estatal y municipales, sobre los ingresos de la federación.


Para distribuir los recursos, el ordenamiento contempla porcentajes de pobreza y del coeficiente de participación municipal, así como la recaudación del municipio durante los dos años anteriores.  

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