*En los
estados de Coahuila, Zacatecas y Guanajuato.
Tribuna Libre.- Durante la sesión, se confirmó el registro de
Luis Enrique Alemán Espinosa como candidato a la Presidencia del Ayuntamiento
de General Zepeda, en Coahuila, al estimar que no se debía exigir su separación
al cargo de síndico para contender como candidato a la presidencia de ese
municipio, en el presente proceso electoral. Lo anterior, atendiendo
excepcionalmente al breve periodo de un año por el que fue electo el
funcionario, que comprende del 1° de enero al 31 de diciembre del año en curso,
puesto que obtuvo durante el proceso electoral local 2016-2017. La
determinación, busca proteger el ejercicio efectivo del cargo, al impedir que
éste se reduzca sustancialmente y al mismo tiempo, garantiza su derecho de ser
candidato.
Por otra parte, en un juicio de revisión
constitucional, la Sala confirmó el registro del candidato a presidente
municipal, así como de dos regidores en Monclova, Coahuila, los cuales, fueron
registrados por el Partido de la Revolución Democrática (PRD). En la sentencia,
se concluyó que el Tribunal local determinó correctamente que las referidas
personas no participaron simultáneamente en dos procesos internos para la
selección de candidaturas, porque si bien fueron precandidatos del Partido
Acción Nacional (PAN), concluyeron su intervención en éste, antes de ser
registrados por el PRD. De esta manera, el Pleno reiteró que el hecho de
participar en el proceso interno de un partido político, donde no resultaron
designados, no les impide ser postulados por uno distinto. Lo anterior, porque
una consideración contraria, llevaría a la imposición de una consecuencia
jurídica desproporcionada, afectando el derecho a ser votado.
Respecto a otro juicio ciudadano, se confirmó
el acuerdo del 21 de mayo del presente año, dictado por la Comisión
Coordinadora Nacional de la Coalición “Juntos Haremos Historia”, el cual, daba
cumplimiento con la cuota joven para el Municipio de Zacatecas. En la
sentencia, se determinó que el citado acuerdo sí estaba debidamente fundado y
motivado, al mencionarse los razonamientos que sirvieron de base para su
emisión.
Con relación a un diverso juicio de revisión
constitucional, el Pleno confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral
de Guanajuato, que ratificaba el acuerdo del Consejo General del Instituto
Local, el cual, aprobó la planilla de candidaturas postuladas por el Partido
Revolucionario Institucional (PRI), para el Ayuntamiento de Xichú. En tal
determinación, se sostuvo que el citado Tribunal no tenía la obligación de
requerir al ayuntamiento información relacionada con la residencia de la
candidata del PRI, ya que la constancia presentada ante la autoridad electoral,
era suficiente para acreditarla, precisándose que si el PAN argumentó el
incumplimiento de tal requisito, estaba obligado a probar su dicho.
Finalmente, en un diverso juicio ciudadano,
se confirmó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, en la
que se consideró correcta la determinación de la Comisión Nacional de Justicia
Partidaria del PRI, que declaró improcedente la solicitud de pre-registro de
Paloma Lucía Martínez Rodríguez, al proceso de selección interno para la
Presidencia Municipal de San Diego de la Unión. En esta determinación, se
concluyó que la resolución del Tribunal local fue exhaustiva e igualmente se
encontraba debidamente fundada y motivada.
Durante la sesión pública, este órgano de
decisión resolvió 19 juicios para la protección de los derechos
político-electorales del ciudadano, 9 juicios de revisión constitucional
electoral y un recurso de apelación.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia
federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda
circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes,
Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y
Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la
preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio
Sánchez-Cordero Grossmann.