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julio 07, 2018

Inexistentes las violaciones en contra del candidato a la diputación local en Orizaba


*Sin acreditar el supuesto uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental contra el Ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz.

Xalapa, Ver. | 07 julio de 2018
Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) declaró inexistentes las violaciones en contra del candidato a la diputación local del distrito 20 en Orizaba, Augusto Nahúm Álvarez Pellico postulado por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, integrada por los partidos políticos MORENA, Encuentro Social (PES) y del Trabajo (PT), por la presunta comisión de actos de campaña y vulneración a las normas de propaganda política-electoral.
El Procedimiento Especial TEV-PES-65/2018, fue promovido por los representantes de los Partidos Acción Nacional (PAN), Verde Ecologista de México (PVEM) y Revolucionario Institucional (PRI), los quejosos señalaron que un día antes de que iniciaran las campañas para diputados, se colocaron unas lonas en diversos puntos de la ciudad de Orizaba, Veracruz, con leyendas alusivas al candidato denunciado y que, a su decir, contenían los logotipos de MORENA, PES y PT.

Es importante destacar que los denunciados se deslindaron respecto a la autoría de las lonas mencionadas, además, MORENA presentó escrito de queja en contra de quien resultara responsable de la colocación de lonas en diversos puntos de la ciudad de Orizaba, Veracruz, con solicitud de medidas cautelares.

En esa medida, se estima que los denunciados realizaron acciones diligentes y oportunas, para deslindarse de la responsabilidad derivada de los actos ilegales controvertidos, por lo que, en atención a las reglas de la lógica, la sana crítica y la experiencia, no existió sustento para reprocharles los hechos denunciados, pues existieron razones para presumir su inocencia.

Tampoco existieron elementos de prueba que permitieran medir el posible impacto que tuvieron las lonas, encontradas el veintiocho de mayo, en los electores de Orizaba, Veracruz, durante el presente proceso electoral, o que ese hecho, por sí mismo, haya generado inequidad en la contienda en favor del candidato denunciado. Por las razones expuestas el TEV declaró inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.

Sin acreditar el supuesto uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental contra el Ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz.

El pasado 24 de mayo, el Partido Acción Nacional, por conducto de su representante suplente ante el Consejo General del OPLEV, presentó queja ante el OPLEV, en contra del Ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz, por probable difusión de propaganda gubernamental y el uso indebido de recursos públicos.

En el expediente TEV-PES-66/2018, el quejoso argumentó que tal difusión, atentaba a fin de favorecer a la opción política en la cual milita el Alcalde de Agua Dulce, Veracruz, es decir el partido político MORENA.

En virtud de lo anterior el Tribunal Electoral de Veracruz, determinó la inexistencia del hecho denunciado, toda vez que, de las pruebas aportadas, se desprende que se no se encuentra en el contexto acreditado el indebido uso de recursos públicos y propaganda gubernamental, así como también, del material probatorio, no se comprueba violación alguna en materia de propaganda gubernamental, ni a los artículos 134 de la Constitución Federal y 79 de la Constitución Local.

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