*Con 41
votos a favor, el Pleno aprobó la iniciativa que presentó el pasado 19 de marzo
el diputado del Grupo Legislativo de Morena, Henri Christophe Gómez Sánchez.
Xalapa, Ver. | 14 junio de 2018
Tribuna Libre.- El Pleno de la LXV Legislatura del Estado
aprobó la iniciativa, presentada el pasado 19 de marzo por el diputado Henri
Christophe Gómez Sánchez, con la que se reforma el artículo 72 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con Ellas del Estado de Veracruz y se
establece que las obras, además de atender la debida planeación, considerará
medidas de protección civil, indispensables para resguardar a la población.
El Dictamen, puesto a consideración del Pleno
por las Comisiones Permanentes Unidas de Comunicaciones y de Protección Civil,
registró 41 votos a favor. Sin abstenciones o votos en contra.
De esta manera, el artículo 72 de la citada
ley refiere que el contratista será responsable de la ejecución de los trabajos
y deberá sujetarse a los reglamentos y ordenamientos de las autoridades
competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección civil,
protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal,
estatal o municipal.
Así como a las instrucciones que al efecto le
señale el ente público. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que
resultaren por su inobservancia serán a cargo del contratista.
La exposición de motivos del Dictamen
concluye que esta modificación busca evitar riesgos a la población, con obras
mal planeadas y sin los estudios técnicos necesarios.
Señala que en materia de Protección Civil
debe existir la corresponsabilidad de todos y por eso debe impulsarse la
planificación de obra pública, planificación territorial, así como la educación
de la población en materia de prevención; con el propósito de salvaguardar la
vida y el patrimonio de los ciudadanos, la infraestructura y minimizar los
daños al medio ambiente.
Tras haberse aprobado, el presidente de la
Mesa Directiva, diputado José Manuel Pozos Castro instruyó remitir este Decreto
al Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial
del Estado.