*La
medida va enfocada en obligar a realizar el cambio de propietario y así cumplir
con las obligaciones fiscales; en caso contrario se aplicaría una multa, misma
que sería incondonable.
Xalapa, Ver. | 01 agosto de 2019
Tribuna Libre.- Con el objeto de brindar certidumbre jurídica
a los procesos de compra-venta de vehículos usados, en el sentido de cumplir
con las obligaciones fiscales y establecer la seguridad sobre el bien, el
legislador Augusto Nahúm Álvarez Pellico presentó la iniciativa de decreto que
reforma los artículos 128 y 132, último párrafo, y adiciona una fracción V Bis
al artículo 73 del Código Financiero para el Estado de Veracruz.
En su participación durante la décima quinta
sesión ordinaria, el legislador de la bancada de Morena en el Congreso de
Veracruz, planteó adicionar una fracción al artículo 73 del citado Código para
señalar que son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las
contribuciones, el no presentar aviso de cambio de domicilio o propietario y se
aplicaría una multa que iría de 15 a 50 Unidades de Medida y Actualización
(UMA), la cual será incondonable.
Al respecto, el diputado señaló que resulta
necesario que los ciudadanos realicen el cambio de propietario, para que la
persona que enajena un vehículo no pueda ser imputado en actos en los que el
automóvil pudiera estar involucrado en un futuro.
Además –agregó- que permite que el
adquiriente tenga la propiedad legítima sobre el auto, y obtener beneficios que
las autoridades fiscales brindan a los contribuyentes que están al corriente con
sus obligaciones, y también garantiza que si quiere vender el vehículo con el
paso del tiempo, no tendrá ningún problema.
Destacó que esta iniciativa busca establecer
que los ciudadanos tengan la obligación de realizar el pago del impuesto por la
adquisición de vehículos usados en un plazo no mayor a 15 días, notificando así
a la autoridad fiscal sobre el cambio de propietario.
Dijo que para el caso de que el enajenante no
endose la factura a la persona adquiriente, también tiene el carácter de responsable
solidario, por lo que se establece un plazo para ambos de 15 días a partir de
la transacción, tanto para el endoso de la factura, como para realizar el
cambio de propietario. “Con ello, se garantiza igualdad para ambos sujetos
actores en la compra-venta de un vehículo usado”, abundó.
A fin que continúe con el trámite
legislativo, la Mesa Directiva instruyó turnar esta iniciativa a la Comisión
Permanente de Hacienda del Estado.