• La “Acción de inconstitucionalidad”
para reponer a Winckler, puede prosperar
• Coatzacoalcos, la segunda ciudad con
mayor sensación de inseguridad en el país
Marco Antonio Aguirre Rodríguez | 19 septiembre de
2019
Tribuna Libre.- De los recursos jurídicos (y hasta políticos)
promovidos para reponer a Jorge Winckler Ortiz como fiscal del estado, lo que
tiene más probabilidades de prosperar en este sentido, es la “Acción de
inconstitucionalidad” que presentaron 17 diputados locales ante la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 17 de septiembre.
¿Por qué ésta “acción” es lo que sí puede
prosperar?.
Por una simple y sencilla razón: la violación
que se hizo a la Constitución de Veracruz por parte de la Junta de Coordinación
Política (Jucopo) de la Legislatura local, con su presidente José Manuel Pozos
Castro, y con todo el aval del coordinador de la fracción de Morena en la
Cámara de Diputados local, Juan Javier Gómez Cazarín.
Es cierto que la definición sobre esto se
puede llevar hasta 3 meses, pero como la expectativa es que la SCJN juzgue el
cumplimiento de las leyes del estado, es por eso que la misma “acción de
inconstitucionalidad” sí puede proceder y se puede ordenar que se reponga a
Jorge Winckler.
A la SCJN no se le está pidiendo que juzgue
la validez o nulidad de la certificación de confianza de Jorge Winckler para
ocupar el cargo, sino simplemente el cumplimiento de la Constitución del
estado.
Y de que la ley máxima del estado fue
violentada, si lo fue.
El que hayan firmado la solicitud 17
diputados locales (todos los diputados panistas de la Legislatura local, más la
integrante de Movimiento Ciudadano, Ivonne Trujillo Ortiz , más el
independiente Juan Carlos Molina Palacios, y dos ligados a Morena, el petista
Erik Iván Aguilar López y el del PES, Gonzalo Guízar Valladares) no es lo que
le da su mayor fuerza.
Vaya, los integrantes de la Jucopo actuaron
con tal despropósito, que incluso para justificar su acción renunciaron a la
potestad de la Constitución de Veracruz, lo cual es incongruente por donde se
le mire.
Esto hizo decir a Sergio Hernández, el
todavía coordinador de la fracción panista en el Congreso local, que la
destitución de Winckler Ortiz fue un “golpe de Estado” y que se nombró a una
encargada “a modo”, Verónica Hernández Gidans, quien trabaja para Eric Patrocinio
Cisneros Burgos, el secretario de Gobierno.
Por cierto, la declaración de éste
funcionario diciendo que no la recomendaba, es por completo ilógica, porque si
es una persona no recomendable, ¿por qué la tenía en su staff en la
privilegiada posición de directora jurídica?.
Los diputados de Morena, Pozos Castro y Gómez
Cazarín, a lo mejor ni se dieron por enterados de que estaban violando la
Constitución de Veracruz, sino hasta después de que lo hicieron.
El artículo 33 de la ley máxima de Veracruz,
correspondiente a las atribuciones del Congreso, en su fracción XLIV menciona
que éste podrá: “Designar y remover al Fiscal General del Estado, de
conformidad con lo previsto en el artículo 67 fracción I inciso d) de esta
Constitución”.
Entonces el Congreso sí tiene facultades para
remover al fiscal, pero tiene que ser conforme a lo marca la Constitución
local.
No debe ser así nada más, por mis … deseos.
Pero los diputados que llevan el Congreso
local, renunciaron a la Constitución del estado, para darle salida a la
remoción de Jorge Winckler.
Algo inaudito.
En el “Acuerdo Segundo” asientan su renuncia
a las leyes locales, y se apegan a su leal entender –suyo de ellos- nada más,
lo que les da el valor suficiente para anunciar que “En consecuencia, dado que
la presente resolución no se sustenta en el Artículo 67, Fracción I, inciso d),
de la Constitución del Estado”.
¿Y qué dice esa parte de la ley de Veracruz?.
“El Fiscal General podrá ser removido por el
Congreso por las causas graves que establezca la ley, y por el mismo
procedimiento de votación establecido para su designación”.
Hicieron de lado a la Constitución de
Veracruz sin ningún pudor, aún cuando con la ley en la mano pudieron proceder a
la remoción, como lo señala la misma.
Eso es lo que puede llevar a que la SCJN
revierta la acción.
Su soporte jurídico está tan mal armado que
ni siquiera aluden al artículo inicial para poder remover al Fiscal, el de las
Atribuciones del Congreso, el 33.
Tan desconocieron a la Constitución de
Veracruz, que con esto, incluso eliminaron sus atribuciones para remover al
fiscal.
¿Cómo remueven al Fiscal si ni siquiera se
reconocen atribuciones para hacerlo?.
La designación del fiscal es con el voto de
las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión en que se le
designe.
Entonces para suspenderlo, sea cual sea la
causa, debieron convocar a una sesión del Congreso, para que se diera una
votación y que las dos terceras partes de los diputados presentes votasen por
removerlo.
Pero tuvieron miedo de que otra vez se
repitiese la votación como cuando trataron de hacerle juicio político, porque
no pudieron juntar los votos necesarios para que eso procediese.
Por eso, alguna “mente brillante” les propuso
saltarse las leyes por completo y atribuirse facultades de las que carecen e
incurrieron en una ilegalidad.
A partir de ahí, cuando la forma no se
cumple, el fondo es ilegal.
Una de las acciones probables que la SCJN les
puede mandar, es que repongan el procedimiento, respetando las leyes de
Veracruz.
Entonces tendrán que comenzar por evidenciar
que realmente Jorge Winckler carece de los certificados de control de confianza
necesarios para desempeñar el cargo.
Y a partir de ahí podrán seguir todo el
procedimiento.
Si eso ocurre, una vez mas quedaran
evidenciados los operadores políticos de Morena en el Congreso local, como
ineficaces.
COATZACOALCOS, LA SEGUNDA CIUDAD CON MAYOR
SENSACIÓN DE INSEGURIDAD EN EL PAÍS. Coatzacoalcos es el segundo municipio con
mayor percepción de inseguridad en el país, de acuerdo con Massive Caller y su
encuesta de aprobación de los presidentes municipales de los 100 municipios más
grandes del país.
En Coatzacoalcos, el 79.7 por ciento de la
población percibe inseguridad.
El municipio donde la sensación de
inseguridad es mayor, es Uruapan, en Michoacán.
Ahí es el 83.2 por ciento de sus habitantes
los que tienen esa apreciación.
La medición fue hecha el 15 de septiembre de
éste año, así que es plenamente vigente.