Dan a conocer reforma en materia religiosa

México, D.F.  | 20 julio de 2013
Tribuna Libre.- Luego de los hechos polémicos recientes, en donde se vio envuelta la alcaldesa de Monterrey, Margarita Arellanes, al entregar la ciudad a Jesucristo en un acto religioso, la Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer el día de hoy mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al Artículo 24 constitucional, en donde se hace referencia a la libertad religiosa, de conciencia y convicciones.

En la reforma se estable que nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad de culto con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política; establece que toda persona es libre de conviciones éticas, de conciencia y de religión, así como de tener o adoptar la de su agrado.


Entre las libertades señaladas se incluye la de participar, ya sea individual o colectivamente, ya sea de manera pública o privada, en ceremonias, devociones o actos del culto de su preferencia siempre y cuando no se constituya a un delito o falta penados por la ley. Indica que los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos; mientras que los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos se sujetarán a la ley reglamentaria.

Sobre el actuar del Congreso sobre la libertad de culto, se establece que éste no puede dictar leyes que establezcan o prohíban cualquier religión. Dicha reforma fue aprobada por 16 Congresos locales, que aunque no fueron los  totales, son apenas los necesarios para llevar a cabo la declaratoria, mientras que se recibieron cuatro votos en contra de los congresos de Michoacán, Morelos, Oaxaca y Zacatecas.


El 19 de junio, el Pleno de la Comisión Permanente del Congreso realizó la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al Artículo 24 de la Carta Magna. Cabe destacar que el artículo 24 constitucional fue modificado anteriormente en enero de 1992, durante la administración de Carlos Salinas de Gortari. (http://www.enterate.mx )