*El Estado concesionará a particulares la operación de verificentros y
se establecen multas de 20 a 50 días de salario mínimo para quienes incumplan
con el trámite.
*Se dota de atribuciones a la Secretaría y Procuraduría de Medio
Ambiente y a Tránsito estatal.
Xalapa, Ver. | 16 julio de 2014
Tribuna Libre.- Diputados
y diputadas de la LXIII Legislatura del Estado aprobaron la iniciativa del
gobernador Javier Duarte de Ochoa, relativa a las nuevas reglas para la Verificación
Vehicular en el estado, en la que destacan concesionar a particulares la
operación de los verificentros, y otorgar facultades en la
materia a la Secretaría y a la Procuraduría de Medio Ambiente, así como a
Tránsito estatal, para que garanticen la obligatoriedad de las nuevas reglas.
Aprobado con 37 votos a favor, dos en contra y dos abstenciones, este
dictamen, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Estatal de
Protección Ambiental, del Código Financiero y de la Ley de Tránsito y Transporte
para el Estado, busca mejorar el servicio y funcionamiento de los centros de
verificación vehicular, para coadyuvar en el control de los índices de
contaminación emitida por las unidades automotrices.
Destaca la concesión a particulares para equipar, operar y explotar
hasta por 20 años un verificentro, el cual, con tecnología adecuada revisaría
el correcto funcionamiento de las fuentes contaminantes móviles.
También se estipula que la omisión de la verificación de las emisiones
contaminantes generadas por los vehículos automotores, o la falta de
cumplimiento de las medidas que para el control de emisiones se establezcan,
será objeto de sanciones que irán de los 20 a los 50 días de salario mínimo
general vigente en el área geográfica que corresponda.
En materia de prevención y control de la contaminación atmosférica, este
ordenamiento sanciona con multas, por ejemplo: de 500 a dos mil días de salario
mínimo a quien realice el cambio provisional de aditamentos o equipos de
cualquier vehículo automotor, con el objeto de obtener uno o más documentos que
acrediten la aprobación de la verificación vehicular.
Se establece que las autoridades de tránsito y transporte ordenarán el
retiro de la circulación de los vehículos que no porten la constancia de haber
acreditado la verificación vehicular y de los que emitan humo negro o azul o
ruido en exceso.
Asimismo, las unidades que circulen contraviniendo dicha disposición
serán retiradas de circulación y depositadas en los corralones del estado o
municipio, y corresponderá a la Secretaría de Medio Ambiente del estado
(Sedema) implementar los procedimientos correspondientes.
Se incluye que la elaboración y adecuación de programas de ordenamiento
ecológicos municipales estarán a cargo de las dependencias de la administración
pública municipal responsables de proteger el medio ambiente y en su
elaboración se tomará en cuenta la opinión del Consejo Consultivo Municipal de
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.
En lo que refiere al código financiero, se establecen las disposiciones
por conceptos de pagos de servicios de la verificación vehicular.
La Sedema convocará a los concursos públicos para el otorgamiento de las
concesiones dentro de un plazo que no excederá de 45 días hábiles siguientes a
la fecha de entrada en vigor de dicho decreto, con el objeto de que los
concesionarios comiencen a prestar el servicio público de verificación
vehicular a la brevedad.
Ante del análisis del dictamen, se modificó el Artículo I Transitorio
para establecer que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en la Gaceta Oficial del Estado, con excepción del caso de las
multas, que será a partir del 1 de enero de 2015.