*Envía Ejecutivo al Congreso del Estado iniciativa
para fortalecer la vida democrática.
Xalapa, Ver. | 11 Diciembre de 2014
Tribuna Libre.- Con el objetivo de fortalecer la vida democrática de Veracruz y actuar en
concordancia con la Constitución General de la República, el gobernador Javier
Duarte de Ochoa envió al Congreso del Estado la iniciativa de Reforma Político
Electoral que plantea quince modificaciones, entre ellas, que el próximo
gobernador y diputados locales estén en su encargo por dos años para homologar
elecciones estatales con las federales, así como la creación de la Fiscalía
General en sustitución de la Procuraduría General de Justicia.
Este miércoles, en
la Sala de Banderas, el secretario de Gobierno Erick Lagos Hernández, explicó
que el Ejecutivo estatal turnó la Reforma a la LXIII Legislatura del Estado,
toda vez que las recientes modificaciones a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos hacen necesario adecuar la Constitución Política del
Estado de Veracruz a la nueva realidad.
La iniciativa
plantea la creación de la Fiscalía General como un organismo autónomo encargado
de la procuración de justicia y se incorpora un procedimiento de designación
similar que prácticamente reproduce al del Fiscal General de la República.
Durante la
transición de la Procuraduría General del Estado a Fiscalía General, como
órgano autónomo, se propone una solución idéntica a la adoptada en la
Constitución General, de modo que quien ejerza la función de Procurador General
de Justicia del Estado al momento de la reforma, se considere designado como
Fiscal General por el mismo decreto, para continuar en la función por el
periodo de nueve años previsto en el artículo 67.
En la iniciativa
se plantea fijar, en concordancia con la Constitución federal, el primer
domingo de junio para la celebración de la jornada electoral, y establece en un
artículo transitorio que la elección de 2018 se realizará el primer domingo de
julio.
En el documento,
el Gobernador proyecta que se modifique el artículo 19 para remitir la
regulación de partidos políticos a la Constitución General de la República y a
la Ley General de la materia, y reproduce la regla federal según la cual
perderá su registro el partido político local que no alcance el tres por ciento
de la votación en alguna de las elecciones de los poderes estatales.
A partir de los
márgenes federales, se propone que la campaña a gobernador tenga una duración
de 60 días, y de 30 días para diputados locales y ediles. En atención a lo
establecido en la Constitución federal, se plantea suprimir la facultad del
Congreso local para definir la demarcación de los distritos electorales y se
determinan los límites de sobrerrepresentación y subrepresentación de acuerdo
con los topes impuestos en el artículo 116 constitucional federal.
Además, se
promueve incorporar la posibilidad de reelección de los diputados hasta por
cuatro periodos consecutivos como dispone la Constitución de la República, y se
retoma la disposición prevista para que la postulación a la reelección sea
hecha por el mismo partido que hizo la postulación original o por uno de los
integrantes de la coalición que la hubiese realizado. Sin embargo, este requisito
no operará, de acuerdo con el ordenamiento federal, si el candidato deja de
militar en el partido original durante la primera mitad de su mandato.
En la iniciativa
que el mandatario veracruzano turnó al Poder Legislativo se propone eliminar la
atribución del Congreso del Estado para designar a los consejeros del organismo
público que actuará como autoridad electoral estatal, pues por mandato
constitucional federal, el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene a su cargo
dicha designación.
También, se prevé
que la organización, desarrollo y vigilancia de las elecciones, plebiscitos y
referendos sean realizados por un organismo público local, cuya denominación se
definirá en la ley y con atribuciones que ya están definidas en la Constitución
federal, en su artículo 41, y en la Ley General de Instituciones y
Procedimientos Electorales.
La integración del
Consejo General del organismo público local que fungirá como autoridad
electoral reproduce la prevista en la Carta Magna la Constitución General de la
República, y lo mismo ocurre respecto de la duración de los consejeros
electorales. En cuanto a la fiscalización de las finanzas de los partidos
políticos nacionales y estatales, se estimó conveniente remitir el tema a la
Constitución federal y a las leyes generales.
Toda vez que la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone que los
órganos jurisdiccionales locales en materia electoral no formen parte del Poder
Judicial del Estado, se propone desincorporar al Tribunal Electoral del Estado
de dicho Poder, fijando el número de magistrados en tres. Sobre la designación
de los magistrados, su duración, la elección de su Presidente, la
especificación de sus funciones y los principios que las rigen, se retoma lo
establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
En virtud de que
la Constitución General de la República prevé que se verifique al menos una
elección local en la misma fecha en que tenga lugar alguna de las federales,
para uniformar calendarios y evitar que la sociedad se sature con la constante
celebración de comicios, se plantea hacer coincidir la elección federal con la
del Gobernador del Estado y el Congreso local, pues su realización simultánea
disminuye costos electorales, tanto económicos, como políticos y sociales y,
por otra parte, supone una uniformidad de políticas aplicables.
En la exposición
de motivos, se establece que para alcanzar ese objetivo, los diputados electos
a la LXIV Legislatura deberán durar en su cargo dos años, y se procederá del
mismo modo para quien resulte electo gobernador en 2016.
Con esta
homologación se hace coincidir las elecciones de los poderes locales con las de
los federales a partir de las que se celebren en 2018, y se instituye que para
los efectos de la reelección legislativa local, entre en vigor a partir de la
LXIV Legislatura que será electa en 2016.
Por tratarse de
una adecuación a la Carta Magna, esta Reforma está sujeta al procedimiento
especial previsto en la Constitución local cuando se trata de aplicar un
mandato derivado de la federal.
Tras la
presentación del texto de Reforma Político-Electoral, Lagos Hernández aseguró
que esta adecuación uniforma nuestro marco constitucional con el federal y
fortalece el sistema de partidos, de participación política y de procuración de
justicia para responder, de manera inmediata, a los reclamos e iniciativas
sociales en esa materia.