*“No somos jueces”, la Comisión Instructora acordó
no impedir el seguimiento del caso, explicó su presidente, Juan Manuel
Velázquez Yunes.
Xalapa, Ver. | 23 marzo de 2015
Tribuna Libre.- De manera
objetiva, dos de los tres miembros de la Comisión Permanente Instructora
definimos que existen los elementos requeridos para que el Pleno de la LXIII
Legislatura del Estado determine si procede o no el desafuero del presidente
municipal de Medellín de Bravo, Omar Cruz Reyes, acusado de la autoría
intelectual y muerte del periodista Moisés Sánchez Cerezo, explicó su
presidente, el diputado Juan Manuel Velázquez Yunes.
Durante una
entrevista, el Legislador dijo que para elaborar el Dictamen se cumplieron los
tres puntos requeridos en el procedimiento: “Que exista un funcionario público
con fuero, como es el caso; un delito, y hay un homicidio, un muerto y una
situación encontrada y probada, y finalmente está el señalamiento hacia el
Presidente Municipal por su presunta responsabilidad”.
Recordó que ni los
diputados integrantes de la Comisión ni el Congreso del Estado son juzgadores:
“No impartimos justicia, eso le toca a un Juez. Nosotros cumplimos con el
procedimiento en términos administrativos y por eso determinamos no impedir el
seguimiento del caso, y que la persona sea juzgada por una autoridad con
facultades, más allá de que sea o no culpable”.
Velázquez Yunes
dijo que el Dictamen obtuvo mayoría, aun cuando el secretario de la Comisión
Permanente Instructora, Édgar Hugo Fernández Bernal, no estuvo de acuerdo en
remitirlo al Pleno. El documento se entregó a la Secretaría General y sería
enlistado para que la Diputación Permanente cite a una Sesión Extraordinaria,
en la que dos terceras partes de los 50 legisladores locales determinarían si
el desafuero procede.
El presidente
municipal con licencia, Omar Cruz Reyes, tendría la oportunidad de exponer sus
argumentos y defenderse durante esa sesión, ya sea personalmente o a través de
su representante legal, agregó.
En este caso
–continuó– los miembros del Congreso tendrán que ser muy objetivos. Su
participación sólo está en retirar o no el fuero a una autoridad, para que
pueda ser juzgada por quien tiene las facultades, el perfil y los conocimientos
para hacerlo: “En el Sistema Penal existen instancias a las que un acusado
puede recurrir, con diferentes recursos, para probar su inocencia”.