*Explica el diputado Gustavo Gudiño Corro que al
igual que en el caso de Tamaulipas, en la entidad se establece como requisito
para obtener el registro correspondiente, un mínimo de firmas equivalente a
tres por ciento del Padrón Electoral.
Xalapa, Ver. | 10 septiembre de 2015
Tribuna Libre.- La declaración de
constitucionalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de la reforma
electoral de Tamaulipas, que al igual que en Veracruz establece como requisito
un mínimo de firmas equivalente a tres por ciento del Padrón Electoral para
registrar a un candidato independiente, sienta un precedente para el resto de
los estados del país, afirmó el diputado Gustavo Gudiño Corro.
En su calidad de
presidente de la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos
Electorales de la LXIII Legislatura local, dijo que Veracruz en ningún momento
se opuso a las candidaturas independientes: “Por el contrario, están
contempladas en el Código Electoral del Estado”.
En respuesta a los
actores políticos que cuestionaron la reforma electoral de la entidad, por
considerar que cerraba la puerta a los aspirantes independientes, Gustavo
Gudiño señaló que “la Suprema Corte, como máximo tribunal del país, da la
interpretación última a la ley, sus fallos son inapelables y en este caso ocho
de los diez ministros votaron a favor de la constitucionalidad de la reforma en
el estado de Tamaulipas.
De acuerdo con el
Diputado local, la Constitución federal no contempla porcentajes o
restricciones al respecto, sino que da libertad a las legislaturas locales: “En
nuestra entidad, lo que se busca es que exista una mayor participación del
electorado y los representantes populares del Partido Revolucionario
Institucional (PRI) legislamos pensando en los ciudadanos, sin perseguir
intereses político-partidistas.
“En el Congreso
local –continuó– realizamos un trabajo serio y responsable. Tan es así, que el
máximo tribunal del país no tendrá problema alguno para resolver los recursos
de inconstitucionalidad en el caso de Veracruz”.