*Aprueba el Congreso del Estado de manera unánime
este ordenamiento, para garantizar la protección de las mujeres embarazadas y
sus hijos, desde el embarazo hasta el puerperio.
Xalapa, Ver. | 24 diciembre de 2015
Tribuna Libre.- El Pleno de la
LXIII Legislatura local aprobó por unanimidad un Dictamen, producto de la
Iniciativa con Proyecto de Ley de Protección a la Maternidad para el Estado,
que busca que en los municipios de la entidad se garantice la protección de la
salud de las mujeres embarazadas y sus hijos durante las fases de embarazo,
parto y puerperio (hasta que vuelva al estado ordinario anterior a la
gestación).
Toda mujer
embarazada –señala el texto– tendrá derecho a consultas médicas, exámenes de
laboratorio, atención ginecológica y orientación psicológica o psiquiátrica,
hasta el postparto, así como a orientación y vigilancia en materia de
nutrición, a través de instituciones públicas o privadas de salud, y los
servicios se otorgarán de manera gratuita u onerosa, de acuerdo con un estudio
socioeconómico.
Durante la Octava
Sesión Ordinaria del Tercer Año de actividades, se avaló con 42 votos este
ordenamiento, que propuso la diputada Gladys Merlín Castro, presidenta de la
Comisión Permanente de Salud y Asistencia del Congreso local.
En sus
consideraciones, el Dictamen refiere que la muerte materno-infantil es un
problema grave de salubridad pública, con causas biológicas, sociales,
económicas, demográficas, políticas y culturales, cuya solución exige
instrumentar políticas públicas precisas, para compensar, con equidad, la
injustica social y facilitar el acceso de las mujeres a los sistemas de salud.
La nueva ley
consta de 20 artículos y tres transitorios, y en su análisis y dictamen
participaron los diputados miembros de las comisiones permanentes unidas de
Salud y Asistencia y De Derechos Humanos, Atención a Grupos Vulnerables y
Migrantes de la LXIII Legislatura de Veracruz.
Otorga un plazo de
seis meses para crear, a través del Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM),
una Red de Apoyo a Embarazadas, que promoverá la participación y
corresponsabilidad de la sociedad en la política de protección a la maternidad,
así como para expedir el Reglamento correspondiente.
Además, la mujer
gozará de estabilidad en el empleo, cargo u ocupación que desarrolle, no
cumplirá jornadas laborales nocturnas ni podrá ser discriminada por estar
embarazada. Tendrá acceso al trabajo en las mismas condiciones que los hombres
y mujeres no embarazadas, y a gozar de doce semanas de descanso, en términos
del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
También podrá
ocupar cargos de elección popular o de designación en los órganos del Gobierno
del Estado, en igualdad de condiciones, y a quien se diagnostique el Síndrome
de Inmunodeficiencia Adquirida (Sida) recibirá atención especializada, al igual
que la persona en gestación.