*La modificación obedece a homologar el criterio
con lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en
relación a proteger a la mujer.
Xalapa, Ver. | 30 enero de 2016
Tribuna Libre.- La mujer que
demande el pago de alimentos con el argumento de que se dedica
preponderantemente al trabajo del hogar o al cuidado y educación de los hijos
tendrá preferencia en el proceso judicial, ello luego que los diputados de la
LXIII Legislatura local aprobaron la adhesión del artículo 233 Bis del Código
Civil del Estado.
Durante la décima
segunda sesión ordinaria, del tercer año de labores, los legisladores avalaron
con 43 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones, esta modificación que
obedece a homologar el criterio con lo establecido por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) en relación a proteger a la mujer.
Derivado de la iniciativa
que presentó el 8 de julio de 2015 la diputada María Belén Fernández del
Puerto, se modificó la ley para brindar la carga probatoria a la mujer y de
esta manera sea el esposo quien tenga que probar lo contrario.
Si la esposa
expresa al juzgador que se ha dedicado a las labores del hogar, el juez deberá
presumir que tal aseveración es cierta y será el esposo quien tendrá que probar
lo contrario, con ello se da una garantía de protección a las mujeres.
Esta adecuación se
hace en concordancia con lo estipulado por la SCJN que da certeza y seguridad
jurídica a todas las mujeres amas de casa que han trabajado durante años,
sacrificando su desarrollo profesional por el cuidado de los hijos y las
necesidades del cónyuge, indica el Dictamen.