Para obtener cierta información de los sujetos
obligados
*IVAI explica que deben agotarse los trámites que
señalen los ordenamientos correspondientes.
Xalapa, Ver. | 14 enero de 2016
Tribuna Libre.- En uno de los
asuntos resueltos el día de hoy por el Instituto Veracruzano de Acceso a la
Información (IVAI), se explicó que en los casos donde cierta información pueda
ser obtenida mediante la realización de un procedimiento específico –por estar
así señalado en la normatividad del sujeto obligado– se debe agotar el trámite
correspondiente y no requerirla mediante solicitudes de acceso a la
información.
Esto, ante el caso
de un ciudadano que, con la intención de obtener copia certificada del pago de
impuesto predial de una persona sobre los dos semestres del 2010, presentó
escrito de solicitud dirigido al presidente municipal de Xalapa.
Luego de turnarlo
a la Dirección de Ingresos para su atención, le informaron que solo podía
expedírsele copia certificada del año corriente, previo pago de los derechos,
acompañado de la carta poder debidamente requisitada de la persona en cuestión.
Inconforme, mediante escrito libre, el solicitante interpuso recurso de
revisión ante el IVAI.
Dado que la
respuesta que causó la inconformidad no fue emitida por una unidad de acceso a
la información sino que derivó de un procedimiento diverso acorde a la
normatividad del Ayuntamiento, se actualizó una causal de improcedencia; por lo
que el IVAI sobreseyó el asunto.
Sin embargo, el
Instituto razonó que aun en el supuesto de que la solicitud se hubiera atendido
mediante el procedimiento de acceso a la información, en nada beneficiaría al
peticionario, toda vez que lo solicitado no podría proporcionársele mediante
esa vía, por estar regulado un trámite para tal efecto en la normatividad del
sujeto obligado, como lo señalan los ordenamientos municipales.
Por otro lado, al
resolver un recurso interpuesto en contra del Órgano de Fiscalización Superior
del estado de Veracruz, el IVAI determinó que debe dar a conocer la relación de
los ediles que resultaron con daño patrimonial en los ejercicios de 2007 a
2012.
En este caso, el
sujeto obligado atendió la solicitud de información notificando que lo
peticionado tenía el carácter de información reservada, argumentando que a la
fecha de la solicitud no se encontraba concluido ningún procedimiento derivado
de la segunda fase del proceso de fiscalización a los entes públicos.
Sin embargo, los
comisionados del IVAI revocaron la clasificación y ordenaron poner a
disposición lo solicitado, al considerar que no se demostró la relación entre
la difusión de la información con el daño que podría causar su divulgación;
además de que se consideró que es de interés general de la sociedad conocer los
actos irregulares en los que pudieran incurrir los servidores y ex servidores
públicos.
En otro asunto, al
Ayuntamiento de Xalapa le habían solicitado una relación de las marchas,
plantones y bloques que se han llevado a cabo en el periodo de enero a
noviembre de 2015. Este refirió que la Dirección de Gobernación no poseía las
atribuciones para recabar lo requerido. Sin embargo, para el Instituto no fue
suficiente para tener por satisfecho el derecho de acceso a la información del
solicitante, debido a que dicha Dirección no es la única área que pudiese
poseer la información; por lo que ordenó al ente público que realice una
búsqueda exhaustiva en las diversas áreas que lo componen.
Por falta de
respuesta, al ayuntamiento de Paso de Ovejas se le ordenó que proporcione en
forma gratuita información relativa a la remuneración y todas las percepciones
del presidente municipal, síndico, regidores y secretario; así como ajustar lo
contenido en su portal de transparencia. También por omisión, el Ayuntamiento
de Medellín de Bravo deberá proporcionar un reporte detallado del estatus en el
que se encuentran diversas secciones del fraccionamiento Lagos de Puente
Moreno, tanto físico como en tramitología; así como los permisos que se han
expedido de dichas secciones; y de existir dichos permisos, anexar copia de los
mismos con sus respectivos recibos de pago.
En la sesión
pública del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
resolvió 52 recursos de revisión.