De su Facultad de Derecho
*Inverbio, tabulador de sueldos y salarios y nóminas
de trabajadores de 2014 y 2015
*Ayuntamiento de Poza Rica, inventarios de los
bienes muebles e inmuebles del DIF municipal
Xalapa, Ver. | 28 abril de 2016
Tribuna Libre.- La Universidad
Veracruzana deberá proporcionar de manera digital los acuerdos y resoluciones
del Consejo Técnico y la Junta Académica de la Facultad de Derecho de 2015,
pues si bien no es una obligación de transparencia, esta información se
encuentra en las actas de las sesiones públicas del sujeto obligado, lo que sí
es un deber publicitar de manera electrónica por ser obligación de
transparencia.
En el asunto
identificado con la clave IVAI-REV/140/2016/II, la Universidad puso lo
requerido a disposición del solicitante, en razón de la cantidad de la
información y a que contenía datos personales. No obstante, al analizar que
está relacionada con obligaciones de transparencia, el IVAI le ordenó que la
entregue de manera electrónica protegiendo los datos personales que pudiera
contener.
En la presentación
del proyecto se hizo mención además de que el IVAI ha determinado que en
cumplimiento al derecho a la información también se puede hacer llegar lo
solicitado compartiendo los archivos mediante la utilización de un disco duro
virtual como Dropbox, OneDrive o Google Drive.
En otro tema, al
omitir responder a una solicitud de información, el IVAI ordenó al Instituto
Veracruzano de Bioenergéticos (Inverbio) que proporcione el tabulador de
sueldos y salarios de los años 2014 y 2015, así como las nóminas relativas a
los trabajadores que laboran en el Instituto por las mismas anualidades.
Al resolver el
expediente IVAI-REV/164/2016/II, los comisionados también indicaron al Inverbio
que debe actualizar en su portal de transparencia la información relativa a
sueldos, salarios y remuneraciones de los servidores públicos, al tratarse de
una de las obligaciones de transparencia que está compelido a publicar.
Asimismo, lo exhortaron para que dé cabal cumplimiento a la tramitación de las
solicitudes de información que se le formulen en los términos establecidos en
la ley.
Por otro lado, el
IVAI resolvió el recurso de revisión IVAI-REV/132/2016/III, relacionado con una
solicitud para conocer el listado de los inventarios de los bienes muebles e
inmuebles del Ayuntamiento de Poza Rica y de su Sistema de Desarrollo Integral
para la Familia.
En este caso, el
sujeto obligado al dar respuesta proporcionó diversos enlaces de su página y
durante la substanciación del recurso de revisión remitió información
adicional, sin embargo, respecto a otra parte orientó al solicitante a dirigir
su petición al DIF municipal, lo que no resulta adecuado ya que este último no
es sujeto obligado y además forma parte de su propio organigrama.
Al tiempo de
ordenar que proporcione lo solicitado, el IVAI le indicó que actualice su
portal de Internet respecto a los formatos ocupados para elaborar su
inventario, ya que se detectó que había faltantes o incongruencias y esta
información corresponde a sus obligaciones de transparencia.
Con respecto al
expediente IVAI-REV/171/2016/III, interpuesto en contra de la Contraloría
General del Estado a la que se le solicitó copia de la última declaración
patrimonial del gobernador Javier Duarte de Ochoa, el IVAI confirmó la
respuesta del sujeto obligado en el sentido de que no se podía entregar la
información solicitada.
Esto ya que en las
declaraciones patrimoniales coexisten datos públicos y privados y, además, el
artículo 8.3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado señala expresamente que: “En el caso de la información contenida en la
declaración de situación patrimonial que los servidores públicos presenten en
los términos de la ley de la materia, será publicada cuando los declarantes
autoricen su divulgación”.
La ley de
transparencia señala de manera expresa que la única hipótesis en la que las
declaraciones patrimoniales pueden ser publicadas es cuando el titular de los
datos personales autoriza su divulgación. En ese supuesto, su publicidad sería
obligatoria para el sujeto obligado que la resguarde, pero tal situación no se
presenta en el caso concreto, en términos de lo informado por la Contraloría.
En la sesión
pública del día de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información
resolvió 42 recursos de revisión.