*Los
Magistrados de la Sala Regional Monterrey determinaron que el registro de
candidatos a diputados de representación proporcional en el proceso interno de
Movimiento Ciudadano en Aguascalientes, no fue de acuerdo a la ley.
Monterrey, N.L. | 13 mayo de 2016
Tribuna Libre.- En el juicio
ciudadano 133 presentado por José René Aguayo Rodríguez, el pleno determinó
revocar la resolución impugnada pues contrario a lo sostenido por la Sala
Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, los
actos impugnados por el actor no le fueron notificados conforme a lo que
señalan las normas de Movimiento Ciudadano (MC) y por eso no fue posible que
los controvirtiera oportunamente.
Asimismo, se
revocó la designación de candidatos de representación proporcional de MC, pues
no se justificó por qué la formula encabezada por el actor no fue tomada en
cuenta al aprobar la lista de candidatos de MC, lo que violó las reglas
establecidas en la convocatoria interna de dicho partido.
CANDIDATOS DE MOVIMIENTO CIUDADANO NO PARTICIPARON
EN DOS PROCESOS DE SELECCIÓN SIMULTÁNEAMENTE
Al resolver el
juicio de revisión constitucional electoral 20, el pleno de la Sala confirmó la
sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Zacatecas donde el Partido Revolucionario
Institucional (PRI) señaló que los candidatos de MC habían participado en dos
procesos internos de selección de candidatos al mismo tiempo, tanto en el del
Partido de la Revolución Democrática como en el diverso de MC, lo cual está
prohibido por la ley del mencionado estado.
Se consideró
correcto lo sostenido por el Tribunal estatal, pues no se probó que los
candidatos de MC participaran en dos procesos internos de selección de
candidatos de forma simultánea, lo cual era necesario acreditar por el PRI.
Durante la sesión pública, la Sala
Monterrey resolvió 11 juicios para la protección de los derechos políticos
electorales del ciudadano y 6 juicios de revisión constitucional electoral.