Se revoca registro de candidatos de representación proporcional

*Los Magistrados de la Sala Regional Monterrey determinaron que el registro de candidatos a diputados de representación proporcional en el proceso interno de Movimiento Ciudadano en Aguascalientes, no fue de acuerdo a la ley.



Monterrey, N.L. | 13 mayo de 2016
Tribuna Libre.- En el juicio ciudadano 133 presentado por José René Aguayo Rodríguez, el pleno determinó revocar la resolución impugnada pues contrario a lo sostenido por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, los actos impugnados por el actor no le fueron notificados conforme a lo que señalan las normas de Movimiento Ciudadano (MC) y por eso no fue posible que los controvirtiera oportunamente.

Asimismo, se revocó la designación de candidatos de representación proporcional de MC, pues no se justificó por qué la formula encabezada por el actor no fue tomada en cuenta al aprobar la lista de candidatos de MC, lo que violó las reglas establecidas en la convocatoria interna de dicho partido.

CANDIDATOS DE MOVIMIENTO CIUDADANO NO PARTICIPARON EN DOS PROCESOS DE SELECCIÓN SIMULTÁNEAMENTE

Al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 20, el pleno de la Sala confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Zacatecas donde el Partido Revolucionario Institucional (PRI) señaló que los candidatos de MC habían participado en dos procesos internos de selección de candidatos al mismo tiempo, tanto en el del Partido de la Revolución Democrática como en el diverso de MC, lo cual está prohibido por la ley del mencionado estado.

Se consideró correcto lo sostenido por el Tribunal estatal, pues no se probó que los candidatos de MC participaran en dos procesos internos de selección de candidatos de forma simultánea, lo cual era necesario acreditar por el PRI.


Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 11 juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano y 6 juicios de revisión constitucional electoral.