*Aunque algunos temas aún se encuentran en
revisión, mientras que otros han sido resueltos, la SCJN evidencia el débil
trabajo legislativo.
Xalapa, Ver. | 29 agosto de 2016
Tribuna Libre.- Hace unos días, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (SCJN) otorgó una suspensión provisional en contra de la creación
de dos fideicomisos para pagar deuda con el recurso del 3 por ciento a la
nómina, iniciativa presentada por Javier Duarte.
Sin embargo, no es
esta la primera vez que el máximo órgano de justicia en el país le corrige la
plana al gobierno y el Congreso de Veracruz.
Aunque algunos
temas aún se encuentran en revisión, mientras que otros han sido resueltos, la
SCJN evidencia el débil trabajo legislativo en el estado, echando abajo
reformas o corrigiendo parte de estas.
Las iniciativas
fueron elaboradas por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, y en el Congreso
fueron impulsadas por Juan Nicolás Callejas Arroyo, líder de la bancada del PRI
y sus partidos aliados: PVEM, Panal y AVE.
Código Electoral
Los ministros de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinaron invalidar al
menos 41 artículos del Código Electoral de Veracruz, de los cuales tres son
transitorios.
Las acciones de
inconstitucionalidad fueron interpuestas por las dirigencias del PAN, PRD; MC y
Morena, contra la ley electoral por violar lo establecido en la Constitución,
avalado por el Congreso.
Entre otras cosas,
se aprobaron cambios en los artículos 108 y
114, con lo que se echó abajo que establecían que el Secretario
Ejecutivo permanecería en el cargo seis años y sería nombrado por dos terceras
partes de los integrantes del Congreso, con posibilidad de ser ratificado en el
cargo por otros seis años más.
La SCJN declaró
inconstitucional las facultades que se le otorgaban al Secretario Ejecutivo
para nombrar enlaces administrativos de los Consejos Distritales, facultad que
sólo corresponde a los Consejeros Electorales del OPLE.
También se
determinó que el OPLE resolvió en contra de la regulación al padrón y listas
nominales de electores, esto por contravenir a una competencia que le
corresponde exclusivamente al Instituto Nacional Electoral (INE).
Asimismo se
revirtió la regulación del servicio profesional nacional electoral por invadir
competencias del instituto y los cuales se aprobaron en la reciente Reforma
Político Electoral.
Se eliminaron las
restricciones que prohíben a los aspirantes por la vía independiente a contratar medios de información que no sean
radio y TV. Se eliminó el requisito para ser candidato a puesto de elección
popular el referido a la buena fama pública.
La Suprema Corte
declaró inconstitucional el artículo que señalaba que los magistrados y el
personal que labora en el Tribunal Electoral local, pertenece al poder judicial
del Estado al igual que los muebles e inmuebles.
El código
electoral fue aprobado el 30 de junio del año pasado.
Ley de Pensiones
del Estado
Si bien no fue
echada abajo, ministros de la Suprema Corte determinaron invalidar los
artículos 16, 19, 32 y tercero transitorio de la Ley del Instituto de Pensiones
del Estado de Veracruz.
El pleno revisó la
acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH), al considerar que se violentaban los derechos de los
pensionados al obligar una aportación adicional de su jubilación para
fortalecer las finanzas del IPE.
El caso continúa
su curso, con amparos promovidos por pensionados.
La ley fue
aprobada en julio de 2014 con 35 votos a favor.
Sistema Estatal
Anticorrupción
Apenas en junio de
este año, el Congreso discutía el paquete de reformas que pretendían “blindar”
la salida de Javier Duarte.
Los diputados, lo
mismo discutieron el nombramiento de un fiscal, de tres magistrados y la
creación de una sala de combate a corrupción, violando la autonomía del Poder
Judicial.
En julio, la
Procuraduría General de la República (PGR) presentó ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) acciones de inconstitucionalidad en contra del
Congreso de Veracruz y el gobernador mismo, para evitar la violación de los
principios del Sistema Nacional Anticorrupción con dichas reformas y que la
oposición ha denominado como “blindaje”
El vocero del
gobierno mexicano, Eduardo Sánchez, dijo en una conferencia de prensa que no
hay cabida “para legislaciones locales a modo”, y que ninguna institución o
servidor público puede estar al margen de la ley.
Para la
federación, las reformas en Veracruz violentaban dos cuestiones fundamentales
del Sistema Nacional: “Primero: que los Estados deben esperar a la expedición
de las leyes generales a efecto de que sus sistemas locales anticorrupción se
ajusten al Sistema Nacional. Segundo: que hasta que eso ocurra, las leyes de
responsabilidad administrativa y de fiscalización de las entidades federativas,
continuarán en vigor”.
Basificación
La Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la Acción de Inconstitucionalidad
presentada el 12 de agosto en contra de la basificación masiva a iniciativa del
Ejecutivo estatal y aprobada por el Congreso del Estado de Veracruz de manera
reciente. http://e-veracruz.mx/