*La
reforma establece disposiciones y requisitos para quien aspire a ocupar el
cargo de Contralor Interno.
Xalapa, Ver. | 29 septiembre de 2017
Tribuna Libre.- La LXIV Legislatura de Veracruz aprobó con 26
votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, la creación de la
Contraloría Interna del Congreso del Estado cuyo objetivo será verificar el
desempeño, vigilar y supervisar el ejercicio presupuestal, el cual ejercerá
funciones de auditoría interna, control y evaluación.
En la sesión extraordinaria, el Pleno avaló
crear la Contraloría Interna como órgano técnico administrativo con autonomía
técnica y de gestión, que dependerá de la Junta de Coordinación Política
(JUCOPO) del Congreso de Veracruz.
De acuerdo a la reforma, este órgano tendrá
como atribuciones proponer y aplicar las normas, los criterios en materia de
control, la fiscalización y evaluación que deban observar los grupos y
representaciones legislativas, las unidades administrativas del Congreso y
todas aquellas que ejerzan recursos de presupuesto de egresos del Poder
Legislativo.
Asimismo diseñará, implantará y supervisará
el sistema de control y evaluación de las unidades administrativas del Congreso
del Estado, orientadas a mejorar los procedimientos administrativos.
Vigilará que las unidades administrativas
cumplan con las políticas y programas establecidos por la JUCOPO y la Comisión
Permanente de Administración y Presupuesto, dentro de otras acciones
encaminadas a transparentar las actividades que se realizan en el Palacio
Legislativo.
Por otro lado el titular a ocupar el cargo de
Contralor Interno, deberá ser veracruzano, en pleno goce de sus derechos
civiles y políticos; contar con título profesional legalmente expedido y cédula
profesional, con antigüedad mínima de cinco años al día de su designación, en
alguna de las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas.
Contar con experiencia profesional de por lo
menos cinco años en actividades relacionadas con el control o la fiscalización
de recursos públicos; no haber sido condenado por delito intencional que
amerite pena privativa de libertad; no haber sido miembro de la dirigencia de
algún partido político, ni candidato a cargo de elección popular, en el año
anterior al nombramiento.
El Contralor Interno ocupará el cargo por
cinco años y no podrá ser ratificado en el periodo inmediato.
La remoción del titular de la Contraloría
Interna se hará a través del voto de las dos terceras partes de los miembros
presentes del Congreso y procederá solo en los casos que incumpla la obligación
de determinar los daños y perjuicios y de promover el fincamiento de sanciones
en los casos que establece la ley.
Cuando sustraiga, destruya, oculte o utilice
en beneficio propio o de terceros, indebidamente la documentación que por razón
de su cargo, tenga a su cuidado o custodia, entre otros.