*También
concedió un amparo al ex jefe de la Unidad Administrativa de la SSP y al
empresario Roberto Esquivel Hernández.
Tribuna Libre.- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Séptimo Circuito concedió un amparo al ex secretario de Seguridad
Pública, Arturo Bermúdez Zurita, al ex jefe de la Unidad Administrativa de la
SSP, Alejandro Contreras Uscanga, y al empresario Roberto Esquivel Hernández,
los cuales son acusados por la Fiscalía General del Estado (FGE) de haber
cometido los presuntos delitos de abuso de autoridad y tráfico de influencias
desde noviembre del 2016.
Este amparo federal, ordena a la Jueza de
Control, Estrella Iglesias Gutiérrez reponer todo el procedimiento penal en
contra de los dos ex colaboradores del gobierno de Javier Duarte de Ochoa, y
del socio de Bermúdez Zurita.
También este fallo de un juez federal refiere
que el procedimiento penal deberá realizarlo la jueza de control, sin que la
Fiscalía General del Estado interfiera o tenga la oportunidad de aportar más
pruebas de las que ya otorgó desde noviembre del año pasado.
El director del Despacho Ordóñez Ordóñez y Téllez, Abogados Asociados, Fidel
Guillermo Ordóñez Solana explicó que
este amparo se desprende de la causa penal en la que están relacionados Arturo
Bermúdez, Alejandro Contreras y Roberto Esquivel en la que dictaron auto de
vinculación por los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber
legal y tráfico de influencias con motivo de una supuesta contratación de una
empresa que en la cual al parecer, seria socia la hermana de Arturo Bermúdez
con Roberto Esquivel.
Explicó “Posteriormente interpusimos un
recurso de revisión que se ventiló en el Segundo Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Séptimo Circuito y este es el amparo que se logra en estos
momentos a favor de los tres
inculpados”.
Este amparo beneficia a los tres en mención
en dos vertientes dijo el abogado, la primera es que se concede a que ellos
soliciten la duplicidad del término constitucional, es decir, que toda la
investigación realizada desde noviembre por la FGE deberá ser repuesta por la
jueza de control.
También este amparo determina, que la FGE no
puede utilizar legalmente pruebas en contra de la hermana del ex secretario de
Seguridad Pública para vincularla con el empresario Roberto Esquivel que
supuestamente se vio beneficiado con un contrato de dos millones de pesos a
través del Comité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Enajenación de Bienes Inmuebles.
“Todo lo actuado desde noviembre del año
pasado hasta el día de hoy fue decretado nulo con motivo del amparo y lo más
importante es que determina que no se puede utilizar legalmente una prueba, que
es la prueba que vinculaba en teoría la
Fiscalía General del Estado que los ayudaba a vincular a la hermana de Arturo
Bermúdez con Roberto Esquivel y que le daba materia para que fuera el delito de
abuso de autoridad y el de tráfico de influencias, eso es lo importante de esta
resolución de esta ejecutoria en esta materia federal” expuso.
Ordoñez Solana afirmó que tras este amparo,
la FGE no puede hacer absolutamente nada, porque hay una prohibición en la
sentencia de amparo en la cual hace saber a la institución que ya no puede aportar pruebas.
“Los limitó a la FGE porque no pueden
presentar pruebas nuevamente y la juez no puede valorar esa prueba, que es la
única prueba que vincularía haber
cometido el delito de tráfico de influencias que se convirtió como siempre lo
dijimos en una prueba ilegal, ineficaz y por consecuencia nula", afirmó el
jurista.
Ordoñez Solana recordó que Arturo Bermúdez
tiene dos procedimientos penales, uno que es el de tráfico de influencias y
abuso de autoridad y el otro que se basa en este primero que es por
enriquecimiento ilícito.
“Recordemos que son dos causas y le dictaron
prisión preventiva, dictándole la absolución en cumplimiento de esta ejecutoria
de amparo que estamos hablando dictada por el Segundo Tribunal Colegiado del
Séptimo Distrito, puede alcanzar la libertad de las dos, porque uno está
relacionado con el otro procedimiento, eso es lo interesante de esta
resolución” afirmó.
Puntualizó que la FGE no puede reponer el
procedimiento, sino que debe acudir ante la Juez de Control y a su vez será
la que cumpla la ejecutoria del amparo.
Reiteró “No puede hacer absolutamente nada la
FGE, fue una equivocación que ellos cometieron y en medio de sus equivocaciones
no va a existir facultades para que ellos puedan iniciar un nuevo procedimiento
o tratar de probar una responsabilidad en la imagen de los acusados y que
obviamente causara la absolución de ellos” sostuvo.
En los siguientes, dijo el abogado, habrá que
estar pendientes de este caso, porque con motivo de esta resolución, la juez de control debe saber que puede
existir responsabilidad penal por parte de ella si no cumple en sus términos la
ejecutoria dictada por la autoridad federal.
“Va a ser muy interesante el procedimiento
para ver qué es, en qué se basa, porque ya no tiene pruebas para inculpar y
mucho menos para vincular a procedimiento a Arturo Bermúdez, Alejandro
Contreras y Roberto Esquivel” finalizó Ordóñez Solana.