*Propone
el diputado Manuel Francisco Martínez reformar el Código Electoral para que él
o la candidata esté obligado a entregar constancias que lo acrediten como
indígena.
Xalapa, Ver. | 15 mayo de 2018
Tribuna Libre.- A fin de garantizar la verdadera
participación de candidatos indígenas en los procesos electorales, el diputado
Manuel Francisco Martínez Martínez presentó una iniciativa de reforma y
adiciones a los artículos 14, 16 y 173 del Código Electoral para el Estado de
Veracruz.
En su iniciativa, el legislador propone que
los partidos políticos o coaliciones que postulen candidatos a diputados por el
principio de mayoría relativa en los distritos
de Tantoyuca, Álamo, Papantla y Zongolica, -considerados como Indígenas
por el Instituto Nacional Electoral- estén obligados postular a personas
indígenas, con la finalidad de garantizar la participación de estos pueblos y
comunidades.
De igual forma señaló que tratándose de la
integración de las listas de representación proporcional, los partidos políticos
deberán garantizar la participación de los pueblos y comunidades indígenas,
integrando un candidato dentro de los tres primeros números.
También los partidos políticos o coaliciones,
deberán postular del total de los municipios del Estado, el cincuenta por
ciento de candidatos a presidentes municipales de un mismo género, y el otro
cincuenta por ciento del género distinto, garantizando la asignación de
candidatos y candidatas de procedencia indígena en los Municipios Indígenas de
Astacinga, Atlahuilco, Benito Juárez,
Citlaltépetl, Coahuitlán, Coetzala, Coxquihui, Coyutla, Chalma, Chiconamel,
Chicontepec, Chontla, Chumatlán, Espinal, Filomeno Mata, Ilamatlán, Ixcatepec,
Ixhuatlán de Madero, Magdalena, Mecatlán, Mecayapan y Mixtla de Altamirano.
Así como en Pajapan, Papantla, Platón
Sánchez, Rafael Delgado, Los Reyes, San Andrés Tenejapan, Soledad Atzompa,
Soteapan, Tantoyuca, Tehuipango, Tequila, Texcatepec, Texhuacán, Tlachichilco,
Tlaquilpa, Tlilapan, Xoxocotla, Zaragoza, Zongolica, Zontecomatlán de López y
Fuentes, Zozocolco de Hidalgo,
Tatahuicapan de Juárez, Uxpanapa y
Santiago Sochiapan.
Las solicitudes de registro de candidatos a
diputados en los distritos de Tantoyuca, Álamo, Papantla y Zongolica, deberán
presentarse en fórmulas de propietarios y suplentes del mismo género.
La o el candidato deberá adjuntar a la
solicitud de registro los documentos que acrediten su pertenencia al pueblo
indígena que deseen representar a través de la constancia de haber prestado
servicios comunitarios, o desempeñado cargos tradicionales en la comunidad,
población o distrito por el que pretenda ser postulado y constancia expedida por la Asamblea General
del ejido o comunidad en la que conste que ha participado en reuniones de
trabajo tendentes a mejorar dichas instituciones o para resolver los conflictos
que se presenten en torno a ellas, dentro la población, comunidad o distrito
indígena por el que pretenda ser postulado.
De igual manera una constancia expedida por
el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia en la que conste que es
representante de alguna comunidad o asociación indígena que tenga como
finalidad mejorar o conservar sus instituciones y certificado de proficiencia
lingüística por lo menos en su nivel avanzado en la lengua indígena nacional asentada
en el Estado de Veracruz.
El diputad sostuvo que lo anterior a fin de
garantizar que los ciudadanos en dichas circunscripciones voten efectivamente
por candidatos indígenas, garantizando que los electos representarán los
intereses reales de los grupos en cuestión, tendiendo con ello a evitar la
desnaturalización de esta acción afirmativa.