Confirma TEPJF el tope gastos de campaña para la elección de gobernador y diputados locales fijado por el Tribunal Electoral de Veracruz
*El
Tribunal local fijó los topes de campaña conforme a lo previsto en el artículo
77 del Código local.
Xalapa, Ver. | 24 mayo de 2018
Tribuna Libre.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, la
resolución del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que revocó el acuerdo por
el que el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) fijó el
tope de gastos de campaña para la elección de gobernador y diputados locales y,
en plenitud de jurisdicción, determinó el monto correspondiente.
El Consejo General del OPLE determinó el tope
de gastos de campaña para la elección de gobernador en $157,840,180.00 y para
diputados locales en $94,340,649.00. Inconformes con esta sentencia los
partidos Revolucionario Institucional (PRI), Morena y del Trabajo (PT)
acudieron ante el tribunal local para solicitar la revocación del acuerdo
impugnado, argumentando falta de exhaustividad, vulneración del principio de equidad
y actuación arbitraria.
Al resolver el SUP-JRC-100/2018 y acumulados,
la Sala Superior consideró que la resolución del Tribunal local fue exhaustiva,
ya que tomó en consideración la totalidad de los planteamientos de los
demandantes. En este sentido, el Pleno señaló que su actuación fue adecuada y
apegada a Derecho. Al haber acreditado violación al principio de equidad,
consistente en el establecimiento de un monto excesivamente alto como tope de
gastos de campaña, y ante lo avanzado del proceso electoral local, fue correcto
que la autoridad responsable hubiese desarrollado el procedimiento para fijar
el tope de gastos de campaña correspondiente.
Respecto del agravio relativo a que el
tribunal local vulneró el principio de equidad y actuó de manera arbitraria, al
fijar un tope al gasto de campaña electoral que no guarda una proporción
razonable con el financiamiento total que los partidos políticos pueden
recibir, las magistradas y los magistrados consideraron que, por el contrario
de lo argumentado, el monto fue establecido a partir de parámetros razonables.
El Pleno señaló que con el monto fijado por
el tribunal local no se vulnera el principio de equidad, porque es un parámetro
que aplica para todos los partidos políticos por igual. Asimismo, indicó que
este se sustenta en elementos objetivos y razonables que están previstos en la
propia normativa electoral local y en información oficial proporcionada por las
autoridades competentes para medir factores socioeconómicos de manera objetiva.
En consecuencia, el Pleno resolvió que no
hubo una actuación arbitraria del Tribunal Electoral de Veracruz y confirmó la
sentencia en la que la autoridad local determinó fijar el tope de gastos de
campaña de gobernador en $122,468,524.00 y el de diputados locales en
$65,799,529.00.