*Lo
primordial es, brindar un servicio de calidad y además de establecer una base
tarifaria para transparentar los cobros por la prestación de estos.
Tribuna Libre.- El diputado Rodrigo García Escalante,
presentó iniciativa de Decreto que reforma el artículo 159 de la Ley de
Tránsito y Seguridad Vial para el Estado, respecto a la regulación de la
prestación del servicio auxiliar de carga especializada para el arrastre y
salvamento de vehículos, así como lo relativo a los depósitos vehiculares,
señalando que las obligaciones, el procedimiento de actuación, requisitos, y
todas las funciones de ambos servicios públicos,
Motivado, señaló, porque hasta el momento no
se encuentra vigente el Reglamento de Arrastre, Salvamento y Depósito de
Vehículos, que contenga las tarifas establecidas para la prestación de estos
servicios públicos por parte de permisionarios o concesionarios.
Al no existir tal regulación, agregó, que
establezca una base tarifaria, generó el abuso en la aplicación de cobros
excesivos en perjuicio de los usuarios, dejando en estado de indefensión a
cualquier ciudadano que por motivo de algún suceso vehicular requiera de sus
servicios especializados.
Las constantes quejas de la ciudadanía,
abundó el legislador, en relación a la regulación de las tarifas por el
servicio de grúas es latente, pues resulta totalmente gravoso poder cubrir el
costo de la maniobra y arrastre, así como el monto de la pensión que se genere
en el depósito vehicular por el resguardo del vehículo.
Considerando, dijo García Escalante, que no
existe seguridad jurídica por parecer, en la práctica, que estas tarifas quedan
al arbitrio de los propios permisionarios o concesionarios y no de la
Secretaría de Seguridad Pública como lo establece la Ley.
Por lo anterior, subrayó, es necesario que
exista un marco regulatorio que contemple tarifas que no perjudiquen a los
usuarios de servicios auxiliares de seguridad vial con cobros excesivos ya que
la Ley al ser de observancia general debe establecer condiciones de igualdad
real y efectiva.
Si bien el Estado se encuentra impedido por
cuestiones económicas y materiales de prestar estos servicios, viéndose
obligado a concesionarlos, este debe también tutelar el derecho al acceso por
parte de la ciudadanía a estos servicios en términos asequibles ya que
actualmente se percibe una sociedad mayoritariamente desgastada por el impacto
de la inflación que encarece la calidad de vida de los mexicanos y por
consiguiente de los veracruzanos.
Esta iniciativa de Decreto reforma el primer
párrafo y deroga el tercero del artículo 159 de la Ley de Tránsito y Seguridad
Vial para el Estado.