Sin acreditar que la candidata a la diputación local en Córdoba haya intervenido en el origen, fabricación y distribución de los volantes denunciados
*Inexistentes
la supuesta promoción personalizada en una rueda de prensa realizada por el
Gobernador de Veracruz.
Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV)
determinó como inexistentes los hechos denunciados contra Janeth García Cruz,
como candidata a diputado local del Distrito 19 de Córdoba, por la presunta
realización de actos anticipados de campaña; y de los Partidos Revolucionario
Institucional y Verde Ecologista de México, por culpa invigilando.
En el Procedimiento Especial Sancionador
TEV-PES-53/2018, formado por la queja promovida por el Partido Movimiento
Ciudadano, aducían que presuntamente un grupo de personas, a su decir,
identificadas con la Organización Antorcha Campesina, el 14 de abril, se
encontraban en una calle de la ciudad de Córdoba, Veracruz, entregando dípticos
o volantes a los ciudadanos que pasaban por ese lugar con la intención de
posicionar ante el electorado a la candidata denunciada.
Siendo un hecho probado dentro del
procedimiento que el OPLEV certificó la existencia de dicho hecho denunciado;
certificando el contenido de uno de los volantes que en ese momento tuvo a la
vista.
No se puede tener por acreditado el elemento
subjetivo de la candidata denunciada, porque del material probatorio aportado
por el partido denunciante como de las diligencias realizadas por la autoridad
instructora, no es posible establecer que la candidata y/o los partidos
políticos involucrados, hayan intervenido en forma alguna en el origen,
creación o fabricación de los volantes con la publicidad acusada; como tampoco
que hayan participado en la distribución o entrega de los volantes.
La publicidad acusada se advierte que sólo
contenía las palabras o frases: "MOVIMIENTO ANTORCHISTA";
"Unión, Fraternidad y Lucha"; "Veracruz"; "Con
ANTORCHA";"JGC"; “JUNTOS POR GRANDES CAMBIOS"; y "Para
#Córdoba ¡Súmate!". Con un mensaje sólo versaba sobre el origen y objetivo
del Movimiento Antorchista Nacional, relacionado con cuestiones sociales, y su
aparente lucha contra la pobreza en México.
Es decir, que en la publicidad no se
solicitaba algún tipo de respaldo electoral explícito con la finalidad de
posicionar a Janeth García Cruz, como candidata a diputada local por el
distrito 19 de Córdoba, por el PRI, el PVEM o la coalición "Por un
Veracruz Mejor”, pues el material probatorio no se acredita que se haya llamado
a votar a favor de la candidata denunciada, por ello, en conclusión, se declaró
la inexistencia de la denuncia.
Inexistentes
la supuesta promoción personalizada en una rueda de prensa realizada por el
Gobernador de Veracruz
Asimismo, se resolvió el Procedimiento
Especial Sancionador TEV-PES-57/2018 promovido por el Partido Revolucionario
Institucional, en contra de Miguel Ángel Yunes Linares, Gobernador del Estado
de Veracruz, por la supuesta violación al principio de imparcialidad y
neutralidad, por el uso de recursos públicos, así como promoción personalizada
y por la supuesta actualización de calumnia en contra del partido en mención,
ello dentro del marco de la rueda de prensa, en la cual se dio a conocer el
caso Karime Macías de Duarte.
El TEV al realizar el análisis de las
constancias que integran el expediente y de la investigación efectuada por la
Secretaría Ejecutiva del OPLEV, se advirtió que en dicha rueda de prensa el
denunciado participó sin haberse identificado a través de su función, con
candidatos o partidos políticos participantes en el actual proceso electoral,
asimismo, no mostró algún tipo de apoyo mediante el uso de recursos públicos o
programas sociales.
En lo que respecta a la promoción personalizada,
se tuvo que del estudio a lo manifestado por el denunciado en la rueda de
prensa, y de los elementos personal, objetivo y temporal, se concluyó que del
mensaje emitido por el Gobernador del Estado, no se observó la intención de
promocionarse como servidor público, tratando de destacar su imagen,
maximizando sus cualidades o calidades personales, logros políticos o del
partido en el que milita o que lo postuló para el cargo que ejerce, sino que
dio a conocer a la ciudadanía los avances de la investigación relacionada con
Karime Macías de Duarte, lo cual no se traduce en un acto con el que de alguna
manera se busque coaccionar al electorado para obtener una preferencia sobre un
partido político o candidato.
En lo referente a la propaganda calumniosa señalada
por el partido denunciante, se consideró que esta no se actualizó al no contar
con los elementos propios para su constitución, es decir, que en la rueda no se
hizo mención de argumentos encaminador a ejercer calumnia sobre el PRI. Es por
ello que se declaró la inexistencia las violaciones de la denuncia.