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junio 30, 2018

Sin acreditar que la candidata a la diputación local en Córdoba haya intervenido en el origen, fabricación y distribución de los volantes denunciados


*Inexistentes la supuesta promoción personalizada en una rueda de prensa realizada por el Gobernador de Veracruz.

Xalapa, Ver. | 30  junio de 2018
Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó como inexistentes los hechos denunciados contra Janeth García Cruz, como candidata a diputado local del Distrito 19 de Córdoba, por la presunta realización de actos anticipados de campaña; y de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, por culpa invigilando.

En el Procedimiento Especial Sancionador TEV-PES-53/2018, formado por la queja promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, aducían que presuntamente un grupo de personas, a su decir, identificadas con la Organización Antorcha Campesina, el 14 de abril, se encontraban en una calle de la ciudad de Córdoba, Veracruz, entregando dípticos o volantes a los ciudadanos que pasaban por ese lugar con la intención de posicionar ante el electorado a la candidata denunciada.

Siendo un hecho probado dentro del procedimiento que el OPLEV certificó la existencia de dicho hecho denunciado; certificando el contenido de uno de los volantes que en ese momento tuvo a la vista.

No se puede tener por acreditado el elemento subjetivo de la candidata denunciada, porque del material probatorio aportado por el partido denunciante como de las diligencias realizadas por la autoridad instructora, no es posible establecer que la candidata y/o los partidos políticos involucrados, hayan intervenido en forma alguna en el origen, creación o fabricación de los volantes con la publicidad acusada; como tampoco que hayan participado en la distribución o entrega de los volantes.

La publicidad acusada se advierte que sólo contenía las palabras o frases: "MOVIMIENTO ANTORCHISTA"; "Unión, Fraternidad y Lucha"; "Veracruz"; "Con ANTORCHA";"JGC"; “JUNTOS POR GRANDES CAMBIOS"; y "Para #Córdoba ¡Súmate!". Con un mensaje sólo versaba sobre el origen y objetivo del Movimiento Antorchista Nacional, relacionado con cuestiones sociales, y su aparente lucha contra la pobreza en México.

Es decir, que en la publicidad no se solicitaba algún tipo de respaldo electoral explícito con la finalidad de posicionar a Janeth García Cruz, como candidata a diputada local por el distrito 19 de Córdoba, por el PRI, el PVEM o la coalición "Por un Veracruz Mejor”, pues el material probatorio no se acredita que se haya llamado a votar a favor de la candidata denunciada, por ello, en conclusión, se declaró la inexistencia de la denuncia.

Inexistentes la supuesta promoción personalizada en una rueda de prensa realizada por el Gobernador de Veracruz

Asimismo, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TEV-PES-57/2018 promovido por el Partido Revolucionario Institucional, en contra de Miguel Ángel Yunes Linares, Gobernador del Estado de Veracruz, por la supuesta violación al principio de imparcialidad y neutralidad, por el uso de recursos públicos, así como promoción personalizada y por la supuesta actualización de calumnia en contra del partido en mención, ello dentro del marco de la rueda de prensa, en la cual se dio a conocer el caso Karime Macías de Duarte.

El TEV al realizar el análisis de las constancias que integran el expediente y de la investigación efectuada por la Secretaría Ejecutiva del OPLEV, se advirtió que en dicha rueda de prensa el denunciado participó sin haberse identificado a través de su función, con candidatos o partidos políticos participantes en el actual proceso electoral, asimismo, no mostró algún tipo de apoyo mediante el uso de recursos públicos o programas sociales.

En lo que respecta a la promoción personalizada, se tuvo que del estudio a lo manifestado por el denunciado en la rueda de prensa, y de los elementos personal, objetivo y temporal, se concluyó que del mensaje emitido por el Gobernador del Estado, no se observó la intención de promocionarse como servidor público, tratando de destacar su imagen, maximizando sus cualidades o calidades personales, logros políticos o del partido en el que milita o que lo postuló para el cargo que ejerce, sino que dio a conocer a la ciudadanía los avances de la investigación relacionada con Karime Macías de Duarte, lo cual no se traduce en un acto con el que de alguna manera se busque coaccionar al electorado para obtener una preferencia sobre un partido político o candidato.

En lo referente a la propaganda calumniosa señalada por el partido denunciante, se consideró que esta no se actualizó al no contar con los elementos propios para su constitución, es decir, que en la rueda no se hizo mención de argumentos encaminador a ejercer calumnia sobre el PRI. Es por ello que se declaró la inexistencia las violaciones de la denuncia.

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