Tribuna Libre.- El Tribunal Electoral de Veracruz declaró
fundado el agravio relativo a la remoción del Secretario y Tesorero del
ayuntamiento de Úrsulo Galván Veracruz y nombrados en dichos cargos los
propuestos por el Presidente Municipal, de igual forma, impugnaron diversas
omisiones del citado servidor público, que a decir de los inconformes violentan
su derecho político de ser votado, en su vertiente de ejercicio al cargo.
Los juicios para la protección de los
derechos político electorales del ciudadano números 250, 251, 252 y 253/2018,
se acreditó que el Presidente Municipal, no tomó en cuenta las manifestaciones
ni el sentido de su voto de Norma Alicia Herrera Mejía en su carácter de
Síndica y de Mitzhy Paola Morales Alarcón, Andrés Salas Contreras y Eugenio
Mendoza en su calidad de Regidores, todos del Ayuntamiento de Úrsulo Galván,
pues es una atribución de los mismos tomar decisiones al constituir el cuerpo
colegiado, respecto a la remoción de los citados funcionarios. Por lo que, al
no respetar la citada atribución, lo mismo se tradujo en una violación a su
derecho de adecuado de desempeño del cargo.
De las pruebas aportadas se demostró que el
Presidente Municipal en la sesión controvertida decidió unilateralmente sobre
la remoción de los nombramientos del Secretario y Tesorero Municipal, sin
tener, las facultades para ello, pues la misma, es una atribución exclusiva del
cabildo que en esa ocasión votaron en contra de las remociones propuestas,
integrando la decisión mayoría en sentido negativo los aquí actores.
En ese orden de ideas, lo conducente es
revocar el acta 21/2018 relativa a la sesión de cinco de septiembre y por ende
los acuerdos en ellas plasmadas, en atención de que el Presidente no tomó en
consideración la participación de los aquí enjuiciantes y se ordene la
celebración de una nueva donde los actores puedan ejercer la atribución de ser
partícipes de la decisión que se adopte.
El TEV, declaró infundados e inoperantes,
diversos agravios relativos a violencia política y violencia política de género
aducidos por los actores y actoras, violaciones de forma de la sesión
controvertida y supuestas omisiones en las que incurrió el Presidente
Municipal, por no proporcionar información solicitada.