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octubre 03, 2018

TEV privilegió el principio de definitividad y reencauzó el medio de impugnación a los órganos partidistas responsables


Xalapa, Ver. | 03 octubre de 2018
Tribuna Libre.-El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) reencauzó el medio de impugnación a los órganos partidistas responsables y privilegió en el presente caso, el principio de definitividad, el cual señala que se deben de agotar todos los medios de impugnación internos.  

El juicio ciudadano JDC-255/2018 promovido por Agustín Jaime Andrade Murga, Zita Eleanor Hernández Zamora, Gaspar Jesús Duarte Burgos, Pavel Ernesto Montes Guzmán, Adiel Ramírez Cortés y Jerónimo García Aguirre, quienes se ostentan como miembros activos del Partido Acción Nacional (PAN), para combatir, la convocatoria para la elección de la o el Presidente, Secretaría General e integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN, para el periodo 2018 al segundo semestre de 2021, que se llevará a cabo en la jornada electoral del día 11 de noviembre de 2018.  

El TEV ordenó reencauzar el medio de impugnación a los Órganos Partidistas responsables, derivado a que no puede conocer en vía per saltum, como se explica a continuación: cuando no se actualice la excepción al principio de definitividad para conocer de manera directa la impugnación de los actores; sin perjuicio de que tal determinación implique una merma o daño en el derecho de los actores porque la consumación de los actos partidistas no trae como consecuencia la irreparabilidad de los mismos.

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