*Las multas administrativas serían incrementadas,
además de ameritar cárcel.
Xalapa, Ver. | 08 marzo de 2018
Tribuna Libre.- El Diputado Local, Henri Christophe Gómez
Sánchez del grupo legislativo de Morena, presentó durante la Quinta Sesión
Permanente de la LXV Legislatura, la
Iniciativa de Decreto que Reforma el Artículo 298 del Código Penal para el
estado de Veracruz, referente a quien viole el respeto, intimidad y resguardo a
los cuerpos de las personas acaecidas, que se encuentren bajo el resguardo de
alguna institución de naturaleza forense.
Aseguró que lo anterior se deriva del mal uso
y difusión de fotografías, que en días pasados se difundieran a través de redes
sociales, de los restos de una víctima de la zona sur de la entidad cuyo cuerpo
se encontraba en las instalaciones del
Servicio Médico Forense de Coatzacoalcos y que presumiblemente fueron
capturadas por personal de dicho lugar.
Gómez Sánchez dijo que a pesar de que la
Fiscalía General del Estado emitió un comunicado señalando la investigación de
dichos actos perpetuados por probables servidores públicos de la Fiscalía
Regional de estas acciones; es evidente
la insuficiencia de la sanción administrativa por las conductas reprobables,
que no nada más se traducen en un daño hacia los seres queridos, sino también
en una plena falta de respeto a la víctima.
Asimismo, el legislador aseguró que es
necesaria una reforma en el artículo 298 establecido en la ley del Código Penal con el claro y determinante
objetivo de configurar la adición de una Fracción IV a dicho artículo, donde se
establecería que se impondrán prisión de uno a cinco años y multa hasta de cien
Unidades de Medida y Actualización a quien:
I. Viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro; II. Profane un
cadáver o restos humanos, con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o
necrofilia; III. Viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos
humanos o sus cenizas; o IV. Fotografíe, videograbe o difunda imágenes de un
cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de
naturaleza forense, sin estar legalmente facultado para ello o para fines
distintos a los establecidos en la Ley.
Señaló que “el espíritu de esta iniciativa se
complementa al fijar, en un párrafo al final del artículo a reformarse, que si
quien comete el delito enunciado en la fracción IV es servidor público o ejerce
una profesión y utiliza los medios o circunstancias derivadas de ello y tenga
bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos, las penas se
incrementarán en una tercera parte”.
Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión
Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.