*En el
Congreso del Estado se consumó lo que en los hechos representa un escandaloso
quebrantamiento del estado de Derecho.
Tribuna Libre.- El martes 3 de septiembre de 2019 será
recordado como una fecha infame para la división de poderes, la autonomía de
las instituciones y el orden constitucional en el estado de Veracruz.
En el Congreso del Estado se consumó lo que
en los hechos representa un escandaloso quebrantamiento del estado de Derecho
desde uno de los poderes de la entidad, el cual decretó, a través de un
procedimiento viciado de origen, la remoción de Jorge Winckler Ortiz como
fiscal general de la entidad.
Por principio de cuentas, el órgano que
perpetró este hecho, la Diputación Permanente de la LXV Legislatura del Estado,
no cuenta con atribuciones para destituir al Fiscal General.
Tanto en el artículo 41 de la Constitución
General del Estado como en el numeral 42 de la Ley Orgánica del Poder
Legislativo local, se establece que la Diputación Permanente puede “llamar a
los diputados sustitutos de la propia Diputación”; “nombrar provisionalmente a
los magistrados del Tribunal Superior de Justicia”; “llamar, en cualquier
momento, cuando se trate de diputados elegidos por el principio de
representación proporcional, al siguiente en el orden que corresponda, según
las listas presentadas por los partidos políticos, si ocurriere la falta del
propietario y del suplente”; “designar provisionalmente a quien sustituya al
Consejero de la Judicatura que hubiere designado el Congreso”; y “designar
provisionalmente a quien sustituya al Contralor General del Instituto Electoral
Veracruzano, en caso de renuncia, inhabilitación, ausencia o muerte”.
En ningún caso está contemplada en la ley la
remoción del titular de organismo autónomo alguno, incluida la Fiscalía, por
parte de la Diputación Permanente. El procedimiento para su destitución está
considerado en el Artículo 67 de la misma Constitución de Veracruz, donde se
indica que “el Fiscal General podrá ser removido por el Congreso por las causas
graves que establezca la ley, y por el mismo procedimiento de votación
establecido para su designación”. Procedimiento que se puntualiza en el mismo
artículo: “será sometido al Pleno del Congreso del Estado” que “designará al
Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros
presentes”.
Atendiendo solamente a estas causales, lo
aprobado este martes 3 de septiembre en el Poder Legislativo de Veracruz
constituye una gigantesca ilegalidad. Pero ésta se convierte en algo aún peor
cuando se cae en la cuenta de que la “figura” usada para quitar del cargo a
Jorge Winckler, la “remoción temporal”, no existe en la legislación. Es una
trastada operada desde el gobierno de Cuitláhuac García y ejecutada por los
diputados de Morena en la LXV Legislatura.
Tan es así, que la persona nombrada de manera
ilegal como “encargada” de la Fiscalía, Verónica Hernández Giadans, se
desempeñaba hasta ese día como directora jurídica de la Secretaría de Gobierno
de Veracruz, donde despacha Eric Patrocinio Cisneros –quien desde que llegó al
cargo tenía la consigna de destituir al Fiscal-, y está vinculada con Rafael
Hernández Villalpando, pues fue secretaria del Ayuntamiento de Xalapa cuando el
hoy diputado federal de Morena fue presidente municipal de la capital
veracruzana.
Por si fuera poco, la Diputación Permanente
habría incurrido en desacato a una suspensión definitiva vigente que impide la
destitución del Fiscal General; y además, nombró ilegítimamente a Hernández
Giadans, pues de acuerdo con el artículo 498 del reglamento de la Ley Orgánica
de la Fiscalía, “en caso de que la Fiscalía quede vacante por cualquier
circunstancia, en tanto se sustancia el procedimiento establecido en el
artículo 67 fracción I d) 1 de la Constitución del Estado, quedará a cargo, de
manera provisional, la servidora pública o el servidor público que en orden de
prelación se encuentre señalado de la fracción II a la V del artículo 15 de la
Ley Orgánica”, y que son el Abogado General, el Oficial Mayor, el Visitador
General, el Fiscal de Investigaciones Ministeriales o el Fiscal Anticorrupción.
Nunca, alguien externo a la Fiscalía. Menos aún, impuesto desde el Ejecutivo.
Jorge Winckler incurrió en innumerables
anomalías a su paso por la Fiscalía. Torció la ley, la puso al servicio del
grupo político al que pertenece y la utilizó para perseguir a los enemigos de
sus jefes, mientras la violencia escalaba desde la anterior administración. Tan
solo el mismo martes, la organización Impunidad Cero ubicó a la Fiscalía de
Veracruz entre las tres peores del país de acuerdo con su Índice Estatal de
Desempeño 2019. Si por algo debía irse Winckler era por éstas y otras muchas
razones, pero bajo los procedimientos marcados en las normas.
El problema no es que se vaya Winckler. Lo
que resulta catastrófico es que lo sucedido el martes en Veracruz fue la
reiteración de la violación flagrante y descarada de la legalidad como forma de
hacer política en Veracruz. Con una peligrosa agravante: se violó la autonomía
de un organismo autónomo desde los Poderes del Estado y hasta se cometieron
abusos de autoridad al tomar por asalto, con la fuerza pública –que debería
estar combatiendo delincuentes-, las instalaciones de la Fiscalía General e
impedir violentamente el acceso a representantes populares. Fue un acto de
vulgar golpismo. Ni los priistas se habían atrevido a tanto en los últimos 25
años.
Abiertamente, el gobierno de la llamada
“cuarta transformación” en Veracruz –seguramente con aval federal- se convirtió
en aquello que combatía. Y si ya no le importa violentar desvergonzadamente
organismos autónomos, ¿qué podrá importarle después?