*Rubén
Ríos pone a consideración de la LXV Legislatura un proyecto para actualizar los
Códigos Civil y Penal del Estado.
Xalapa, Ver. | 25 octubre de 2019
Tribuna Libre.- El diputado Rubén Ríos Uribe, integrante del
Grupo Legislativo de Morena en el Congreso de Veracruz, presentó una iniciativa
que propone diversas medidas para otorgar protección a las personas menores de
edad, en caso de que sus progenitores se separen mediante el proceso de
divorcio.
En su intervención durante la octava sesión
ordinaria del segundo receso de la LXV Legislatura, el diputado, vocal de la
Comisión Permanente de Procuración de Justicia, presentó la iniciativa con
proyecto de decreto que adiciona los párrafos tercero y cuarto del artículo 157
del Código Civil y un último párrafo al artículo 329 del Código Penal, ambos
para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
En la adición al Código Civil, se establece
que “la sentencia de divorcio fijará en definitiva la situación de los hijos,
para lo cual el Juez deberá resolver todo lo relativo a los derechos y
obligaciones inherentes a la patria potestad, su pérdida, suspensión o
limitación según el caso, y en especial a la custodia y al cuidado de los
hijos”.
Detalla que “la protección para los menores
incluirá las medidas de seguridad, seguimiento y terapias necesarias para
evitar y corregir los actos de violencia familiar, las cuales podrán ser suspendidas
o modificadas en los términos previstos por el artículo 58 del Código de
Procedimientos Civiles”.
Diversas sanciones por desobediencia y otros
delitos
En la adición al Código Penal, el diputado
Rubén Ríos plantea la imposición de entre seis meses y un año de prisión y una
multa de hasta 20 días de salario a quien rehúse prestar un servicio de interés
público y que la ley lo obligue o desobedezca un mandato legítimo de autoridad.
Asimismo, la aplicación de entre seis meses y
dos años de prisión y multa hasta de 40 días de salario a quien impida que la
autoridad ejerza sus funciones o resista el cumplimiento de una orden cuya
ejecución se lleve a cabo en forma legal. De emplearse violencia física o moral
–advierte-, la sanción se agravará hasta en un año.
Considera también que “comete de igual forma
el delito de desobediencia y resistencia de particulares y se aplicará la
sanción mencionada, a quien tenga o detente la guarda y custodia de hecho o por
derecho, de un menor de edad, que se niegue a presentarlo sin causa justificada
ante el juez que lo ordene, en las audiencias que se requiera su presencia”.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue
turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.