Ciudad de México. | 14 octubre de 2019
Tribuna Libre.- La propuesta de que sean los ciudadanos los
que soliciten la revocación de mandato y no el presidente permitió que la
iniciativa de revocación avance hoy en el Senado.
Este martes comenzará en el Senado de la
República la discusión por la revocación de mandato, figura legal que busca que
los ciudadanos puedan decidir si, después de cuatro años, un presidente de la
República (o gobernador) puede continuar en el cargo.
Debido a la crítica de partidos de oposición,
el dictamen fue modificado de su propuesta original –como había sido votado en
la Cámara de Diputados–, y ya no podrá ser el jefe del Ejecutivo ni el Congreso
quienes soliciten la remoción en el cargo. Sólo lo podrán hacer los ciudadanos
a través del Instituto Nacional Electoral (INE).
El presidente Andrés Manuel López Obrador
había propuesto que a los dos años de su gobierno, en las elecciones
intermedias del 2021, se incluyera en la boleta electoral una pregunta
“¿Quieres que continúe el Presidente de la República?”, esto sin necesidad de
recabar firmas ciudadanas.
Aunque en la Cámara baja se había votado que
el propio presidente fuera quien convocara la revocación, esto se eliminó para
que hubiera consenso entre la oposición, la cual criticó que en vez de
“revocación” parecía “ratificación”.
“La verdad es que la oposición, en este caso…
bueno, no voy a mencionar los partidos, pero, ahí se los dejo de tarea, no
quieren la democracia participativa, son bien antidemocráticos, con todo
respeto”, dijo el presidente López Obrador en su conferencia de prensa de éste
fin de semana.
Tanto el PRI, Movimiento Ciudadano, PRD y PAN
pidieron que se hicieran estos cambios.
El mandatario criticó, además, que “no tienen
vocación democrática. Y ahora que aceptan, pero con condiciones: primero, 3 por
ciento del padrón, estamos hablando de que hay que reunir, si el padrón es de
85 millones de mexicanos, sería como dos millones y medio de firmas. ¿Por qué
tanto?, con un millón, que la pongan más sencilla”.
¿Por
qué a AMLO no le convence esta revocación?
En los cambios que se proponen al artículo 35
sólo los ciudadanos podrían solicitar la revocación del mandatario, ya sea del
presidente o del gobernador o la gobernadora.
En la fracción IX del artículo se lee que la
revocación “será convocada por el Instituto Nacional Electoral a petición de
los ciudadanos y ciudadanas en un número equivalente al 3% de los inscritos en
la lista nominal de electores”.
Sin embargo, la solicitud deberá corresponder
a 17 entidades federativas y que “representen como mínimo el 3% de la lista
nominal de cada uno de estos estados”.
También se incluye que “se podrá solicitar en
una sola ocasión y durante los tres primeros meses del cuarto año del periodo
constitucional”.
Se prevé que los mexicanos recaben firmas
para la solicitud durante los tres meses anteriores a la fecha prevista. El INE
emitirá los formatos y medios para recepción de firmas, así como los
lineamientos para las actividades relacionadas.
¿Qué
había prometido AMLO?
– Que sería en 2021:
Ahora en 2021 va a haber lo que se llama la
revocación del mandato, porque el pueblo pone y el pueblo quita y me comprometí
que en el 2021 se le va a preguntar al pueblo de México: ‘¿Quieres que continúe
el presidente o que renuncie?'”.
– Se incluiría en la boleta (sin necesidad de
recabar firmas):
Nada más que se haga el compromiso que no
haya un gasto adicional, porque para llevar a cabo una consulta en cuanto a
revocación del mandato es relativamente fácil”.
– Y que no costaría más.
Cumpliré el compromiso de someterme a la
revocación del mandato; el primer domingo de julio de 2021, habrá una consulta
para preguntarle a los mexicanos si continúo en la presidencia o si renuncio,
porque como lo creo y lo he dicho muchas veces, el pueblo pone y el pueblo
quita, el pueblo es soberano”.
¿Qué
más contempla el dictamen?
El dictamen incluye que “durante el tiempo
que comprendí el proceso de consulta popular, desde ella convocatoria y hasta
la conclusión de la jornada, deberá suspenderse la difusión en los medios de
comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno,
salvo aquellas que tenga como fin difundir campañas de información de las
autoridades electorales, servicios educativos y de salida, o las necesarias
para la protección civil en casos de emergencia”.
De igual forma se prohíbe el uso de recursos
públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y
propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato.
La
revocación podrá impugnarse
Como sucede en las elecciones, se incluyó en
el artículo 41, que “para garantizar los principios de constitucionalidad y
legalidad e los actos y resoluciones electorales, incluidos los relativos a los
procesos de consulta popular y de revocación de mandato, se establecerá un
sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución
y la ley”.
Y se
considera la autonomía de los estados
También se retiró del dictamen la forma en la
que los gobernadores serán votados para la revocación de mandato, porque se
espera que cada una de las constituciones locales dictamen la forma.