*Para
ello, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la
Constitución Política del Estado.
Xalapa, Ver. | 15 noviembre de 2019
Tribuna
Libre.- Los
integrantes de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales,
del Congreso de Estado, pusieron a
consideración del Pleno el dictamen con Proyecto de Decreto que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política del
Estado, durante el desarrollo de los trabajos de la Segunda Sesión Ordinaria,
del Primer Periodo de Sesiones Ordinarias, del Segundo Año de Ejercicio
Constitucional, de la LXV Legislatura.
Al respecto, destacan en su dictamen, que
ante la importancia de las funciones del Consejo de la Judicatura, proponen
retomar la disposición original referente a los requisitos para ser Consejero,
que sean los mismos que se señalan para ser magistrado del Poder Judicial y se
prohíba, expresamente, la dispensa de ley de alguno de los requisitos, a fin de
garantizar que sus integrantes cuenten “con la experiencia, vinculación con la
realidad estatal, preparación académica y buena reputación necesarias para
evaluar el quehacer jurisdiccional de los servidores de dicho Poder”.
Con ello, señalan, se homologaría la
disposición constitucional local con la establecida para el Consejo de la
Judicatura del Poder Judicial de la Federación, ya que el artículo 100 de la
Carta Magna Federal señala que todos los consejeros deberán reunir los
requisitos señalados en el artículo 95 de la misma, es decir, los previstos
para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de
haberse distinguido por su capacidad profesional y administrativa, honestidad y
honorabilidad en el ejercicio de sus actividades.
Consideran igualmente necesario adicionar un
párrafo al artículo 58 Constitucional, en el que se señalan los requisitos para
ser magistrado del Poder Judicial del Estado, a efecto de establecer
expresamente la prohibición de dispensar alguno de dichos requisitos en el
proceso de designación de magistrados, como llegó a ocurrir, sobre todo “a la
luz de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la
acción de inconstitucionalidad 79/2015”.
Con lo anterior, destacan, no existe
posibilidad jurídica alguna de que, al amparo de la atribución constitucional
del Congreso del Estado de otorgar dispensas de ley, se exceptúe a alguna
persona del cumplimiento de alguno de los requisitos señalados para ocupar una
magistratura en el Poder Judicial, ya que la norma aplicable tiene su origen en
una disposición de la Constitución Federal, misma que no admite variaciones ni
mucho menos su inobservancia parcial por cuanto hace a los atributos requeridos
para ocupar el cargo.
Una de las demandas más recurrentes de la
sociedad, se asienta en el cuerpo del dictamen, es la de acceder a una justicia
pronta y expedita, que es sobre esa premisa que se formula la iniciativa, con
la que “se procura que las personas responsables de evaluar el desempeño de los
juzgadores tengan los conocimientos y capacidad indispensables para realizar la
importante función encomendada en la Constitución, que se traduzca en una más
eficiente impartición de justicia para los veracruzanos”.
El Dictamen fue signado por los integrantes
de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, diputadas
Mónica Robles Barajas, presidenta; Rosalinda Galindo Silva, secretaria; y Erika Ayala Ríos, vocal; y fue
aprobado con 40 votos a favor, cero en contra y no hubo votos en abstención.