*Avalan
diputadas y diputados reforma al artículo 26 Bis de la Ley Orgánica del
Municipio Libre, propuesto por la diputada Erika Ayala.
Xalapa, Ver. | 15 noviembre de 2019
Tribuna
Libre.- El Pleno de la LXV Legislatura del Estado
aprobó la iniciativa, presentada el pasado 18 de septiembre por la diputada
Erika Ayala Ríos, por la cual se reforman los párrafos primero y segundo del
artículo 26 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre y mediante la cual se
suprime la intervención de este Poder Legislativo en materia de autorizaciones
de licencias o renuncias de agentes y subagentes municipales.
De esta manera, quedaría esta facultad
exclusiva para los Cabildos, toda vez que ante una licencia o renuncia de
agente o subagente municipal, deberá hacerse el llamado del suplente respectivo
e informarlo al Pleno o la Diputación Permanente del Congreso del Estado.
La coordinadora del Grupo Legislativo de los
partidos Revolucionario Institucional y del Verde Ecologista de México
(PRI-PVEM) expuso en la iniciativa que los agentes y subagentes municipales son
servidores públicos que auxilian a los ayuntamientos en sus congregaciones y
rancherías, además que representan el primer vínculo de los habitantes de esas
demarcaciones con las autoridades de cualquier orden de gobierno.
De esta manera y tras aprobarse con 41 votos,
el artículo 26 Bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre señala, “en el caso
de las ausencias temporales de agentes y subagentes municipales, el Cabildo
autorizará la licencia correspondiente y mandará llamar a la brevedad al
suplente, a efecto de que ocupe el cargo por el tiempo señalado en la misma. En
ningún caso se podrán conceder licencias por lapsos indeterminados”.
Asimismo, refiere “cuando se trate de
ausencias definitivas de los agentes o subagentes municipales, por renuncia,
incapacidad, inhabilitación, sentencia judicial o fallecimiento, el Cabildo
acordará, en su caso, el llamado del suplente respectivo para que asuma la
titularidad del cargo por el resto del periodo correspondiente”.
“En este supuesto de ausencia definitiva y en
el previsto en el párrafo anterior, si la licencia temporal excede de dos
meses, el Ayuntamiento lo informará al Congreso del Estado o, en su caso, la
Diputación Permanente”, advirtió.