*Efectos
extensivos, para todos los agentes y subagentes municipales.
Xalapa, Ver. | 03 noviembre de 2019
Tribuna
Libre.-El
Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió Juicios TEV-JDC-919 y
945 del año en curso, en los cuales los actores en su calidad de Agentes y
Subagentes Municipales de diversas localidades pertenecientes a los Municipios
de Acayucan e Ixtaczoquitlán, demandan la omisión de proveerles de una
remuneración por el ejercicio de sus cargos.
La Magistrada y Magistrados determinaron que
tienen derecho a recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el
desempeño de sus funciones.
En ese sentido, se ordenó al Ayuntamiento
responsable a que, conforme con los efectos del proyecto, establezca en el
presupuesto de egresos 2020, una remuneración, con efectos extensivos, para
todos los agentes y subagentes municipales.
Por su parte, en el juicio TEV-JDC-945/2019
se propone la inoperancia de los planteamientos hechos valer ante la eficacia
refleja de la cosa juzgada.
Lo anterior, porque en los juicios ciudadanos
827 y acumulados, en razón de la misma cuestión puesta en controversia, esta
Tribunal condenó a los Ayuntamientos de Ixtaczoquitlán al pago de
remuneraciones con efectos extensivos a todos quienes ocupen los cargos de
Agentes y Subagentes Municipales, por lo que, el actor es beneficiario de las
consecuencias de dicho fallo.
Por su parte en el TEV-JDC-936/2019 936/2019,
el Subagente Municipal de la congregación El Alto San Francisco, del Municipio
de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, reclamó que la cantidad de dinero que le fue
entregada como pago de sus remuneraciones en su calidad de Subagente Municipal,
el Ayuntamiento responsable pretende que correspondan al periodo del mes de
enero al mes de agosto, pero no a la base de un salario mínimo, sino calculadas
en UMAS.
Parámetro mínimo de pago para el ejercicio
fiscal 2019, que además se reiteró como efecto obligatorio por este mismo
Tribunal, en la sentencia de ocho de agosto, dictada en el diverso expediente
TEV-JDC-236/2019 y Acumulados, con efectos extensivos para todos los Agentes y
Subagentes Municipales de Las Vigas de Ramírez, Veracruz, incluido el hoy
actor.
Asimismo, se precisó que si bien el pago
cuestionado incluye las remuneraciones de los meses de enero a marzo, de los
cuales su revisión corresponde al cumplimiento de la sentencia del expediente
TEV-JDC-38/2019; también incluye los meses de abril a agosto, respecto de los
cuales no se tiene por acreditado que hayan sido pagados por el Ayuntamiento en
los términos presupuestados en la modificación de su presupuesto de egresos de
2019.