*Prevé
dotar de atribución al Poder Legislativo para expedir la ley que regule la
organización y atribuciones del Centro de Conciliación Laboral.
Xalapa, Ver. | 10 enero de 2020
Tribuna
Libre.- Las
diputadas integrantes de las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos
Constitucionales, y de Trabajo y de Previsión Social, del Congreso del Estado,
presentaron ante el Pleno, de la LXV Legislatura estatal, el Dictamen de
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución
Política del Estado de Veracruz, en Materia de Implementación a Nivel Local de
la Reforma Federal
al Sistema de Justicia Laboral.
Iniciativa enviada por el Gobernador del
Estado, Cuitláhuac García Jiménez, y que conociera el Pleno de este Congreso,
en la Sesión Ordinaria del pasado 20 de noviembre de este año, que prevé dotar de atribución al Poder
Legislativo para expedir la ley que regule la organización y atribuciones del
Centro de Conciliación Laboral; y otorgar al Poder Judicial la facultad para
dirimir controversias en la materia.
En el Dictamen de Decreto, queda establecido
que en Ia conciliación, en materia laboral, regirán
los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad,
igualdad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia
y publicidad.
En el mismo, que los principios del proceso
serán inmediación, inmediatez, continuidad, celeridad, veracidad,
concentración, economía y sencillez procesal, publicidad, gratuidad, realidad
sobre los elementos formales que lo contradigan, oralidad y conciliación; en
tanto de sus sentencias y resoluciones serán legalidad, imparcialidad,
transparencia, autonomía e independencia, respetando las disposiciones al
respecto en materia de valoración de pruebas y contenido de Ia Ley Federal del
Trabajo.
Las autoridades deberán, señala, “privilegiar
Ia solución del conflicto sobre los formalismos, siempre y cuando no se afecte
Ia igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos”; y en los
juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca
como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier
medio que dé certeza de su contenido.
El Centro de Conciliación local en materia
laboral, se destaca, será un organismo descentralizado, dotado de autonomía
técnica, operativa, presupuestaria, de
decisión y de gestión, así como de personalidad jurídica y patrimonio propio,
responsable de Ia función conciliatoria a que se refiere Ia Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ia Ley Federal del Trabajo, y demás
ordenamientos jurídicos estatales.
Este Dictamen fue aprobado con 41 votos, sin
abstenciones o votos en contra. Previamente se declaró que este punto sería
bajo el esquema de Procedimiento Especial, toda vez que resultó de
modificaciones derivadas de un mandato de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
De esta manera, la LXV Legislatura realizó la
declaratoria correspondiente e instruyó remitirse el Decreto al titular del
Poder Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial
del Estado.
En los posicionamientos y en nombre del Grupo
Legislativo de Morena, la diputada Adriana Esther Martínez Sánchez explicó que
la propuesta del Ejecutivo implica la adecuación de los artículos 4, 33 y 56
del texto constitucional veracruzano, con el objeto de establecer los
principios de la conciliación y la justicia laborales, así como dotar de
atribuciones al Congreso y al Poder Judicial para su efectiva implementación en
la entidad.
Dijo que hoy, al visibilizarse los derechos
de las y los trabajadores mediante el compromiso e interés del Gobernador y del
trabajo elaborado en esta Soberanía, “no solamente se está a punto de acatar un
mandato constitucional, sino que además se posibilitará a las y los trabajadores
veracruzanos acceder a una justicia más eficaz y expedita”, añadió.
Destacó el papel que asumirá el Poder
Judicial en torno a la solución de conflictos entre trabajadores y patrones, lo
que –consideró- implica un reto administrativo y de organización,
particularmente en lo referente a la recepción de los expedientes que se
encuentran en curso en las Juntas de Conciliación y Arbitraje para darles
trámite y resolución, motivo por el que surge la figura de los jueces
laborales, expuso.