*Por
acuerdo del Pleno, quedan establecidos requisitos, procedimientos y plazos.
Xalapa, Ver. | 06 marzo de 2020
Tribuna
Libre.- En
Sesión Extraordinaria celebrada este jueves, la LXV Legislatura acordó emitir
Convocatoria a la sociedad veracruzana, a fin de proponer ciudadanas y
ciudadanos para ocupar el cargo de Comisionado que integrará el Pleno del
Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (IVAI).
Con fundamento en lo establecido por los
artículos 33, fracciones I y II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y
40, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior de este Poder, la
Junta de Coordinación Política (Jucopo) sometió a la consideración del Pleno el
Proyecto de Punto de Acuerdo correspondiente.
Las bases de la Convocatoria establecen que
en los procedimientos que la rigen se considerarán los principios de certeza,
eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad,
objetividad y transparencia.
La Convocatoria norma el procedimiento para
que el Congreso del Estado elija al Comisionado que integrará el Pleno del
IVAI. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67, fracción IV, numeral
1, de la Constitución Política local, las personas propuestas deberán cumplir y
acreditar debidamente los requisitos establecidos en la Convocatoria.
Se requiere ser ciudadano veracruzano con
residencia efectiva en el estado de cuando menos dos años anteriores al día de
su designación, o mexicano por nacimiento, con vecindad mínima de cinco años en
el estado, y contar con título profesional expedido por autoridad o institución
legalmente facultada para ello, preferentemente, con estudios de posgrado.
Además, tener, cuando menos, 35 años de edad
cumplidos al día de su designación, gozar de buena reputación, prestigio
profesional, y contar, preferentemente, con experiencia en materia de acceso a
la información pública y protección de datos personales.
También, no haber sido condenado por delito
doloso, no haber sido ministro de culto religioso, ni dirigente de partido o
asociación política, cuando menos cinco años antes de su designación, y no
haber sido candidato a cargo de elección popular, cuando menos tres años antes
de su designación.
Las propuestas de ciudadanas y ciudadanos que
puedan ocupar el cargo serán recibidas por un periodo de cinco días hábiles a
partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria, de 09:00 a 18:00
horas, en las oficinas de la Comisión Permanente de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Parlamento Abierto, en el Palacio Legislativo, ubicado en
la esquina de avenida Encanto y avenida Lázaro Cárdenas, colonia El Mirador,
Código Postal 91170, en esta ciudad de Xalapa.
La documentación a entregar debe constar de:
curriculum vitae, firmado por la o el aspirante, y documentación soporte en
original y copia para su cotejo, con un resumen del mismo, en Arial 12, sin
domicilio ni número telefónico para su eventual publicación.
Adjunto, un escrito no mayor a tres
cuartillas en el que la persona propuesta exprese sus motivos personales para
aspirar al cargo, copia certificada del acta de nacimiento expedida no antes de
los tres meses que precedan a la entrega de la documentación, original y copia
de la credencial para votar con fotografía que esté vigente a la fecha de
entrega.
Para los no nacidos en el estado de Veracruz,
carta de residencia expedida por la autoridad municipal correspondiente,
original o copia certificada por notario público del título profesional y de la
cédula correspondiente y carta en la que el aspirante manifieste, bajo protesta
de decir verdad, que reúne todos los requisitos exigidos en la Convocatoria y
que no tiene impedimento legal alguno para desempeñar el cargo.
Concluida la recepción de los documentos
referidos, la Comisión Permanente mencionada efectuará la revisión exhaustiva
del cumplimiento de los requisitos señalados en la Constitución Política local
y, tras ello, entrevistará a cada uno de los aspirantes; de todo lo cual
rendirá informe a la Jucopo a más tardar el lunes 23 de marzo de 2020.
Esta última instancia, con apoyo en el
informe de dicha Comisión y en las propuestas efectuadas por los grupos
legislativos, formulará un proyecto de punto de acuerdo en el que se propondrá
el nombramiento de la persona que como Comisionada o Comisionado integrará el
Pleno del IVAI.
Una vez aprobado el nombramiento con el voto
de al menos las dos terceras partes de los diputados presentes en el Pleno del
Congreso, se comunicará al Ejecutivo del estado, para los efectos previstos en
los párrafos primero y segundo del numeral 1 de la fracción IV del artículo 67
de la Constitución Política local.
Si el Gobernador del Estado no objeta el
nombramiento, se procederá a emitir el Decreto correspondiente y a tomar la
protesta de ley en sesión del Congreso a la persona nombrada.
En caso de que el Gobernador del Estado
objete el nombramiento, el Congreso nombrará una nueva propuesta, pero con una
votación de las tres quintas partes de los miembros presentes. Si este segundo
nombramiento fuera objetado, el Congreso del Estado, en los términos del
párrafo anterior, con la votación de las tres quintas partes de los miembros
presentes, designará al Comisionado que ocupará la vacante. Una vez obtenida la
votación requerida, se procederá a emitir el Decreto correspondiente y a la
toma de protesta de ley respectiva.
Lo no previsto en la Convocatoria y en el
procedimiento de selección de aspirantes será resuelto por la Junta de
Coordinación Política.