*Presenta
la diputada Ivonne Trujillo una iniciativa para buscar incorporar este concepto
en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado.
Xalapa, Ver. | 23 junio de 2020
Tribuna
Libre.- Para
establecer expresamente en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en
el Estado de Veracruz el concepto de Antecedentes de Salud como un factor de
discriminación, la diputada Ivonne Trujillo Ortiz presentó una iniciativa que
busca reformar los artículos 3 y 6 de la citada ley, con el objeto de evitar
daños a quienes padecen o hayan padecido alguna enfermedad, más aun cuando se
vive una pandemia, generada por el coronavirus, Covid-19.
Al presentar su propuesta, durante la cuarta
sesión ordinaria, la legisladora indicó que se prevé señalar que se entenderá
por discriminación a toda forma de preferencia, distinción, exclusión,
restricción o rechazo, basada en uno o más de los siguientes motivos: el origen
étnico o nacional, el sexo, la preferencia sexual, la edad, la discapacidad, la
condición social, económica, de antecedentes, necesidades y problemas de salud
o jurídica, entre otras.
Asimismo, se incorporaría como conducta
discriminatoria el negar la prestación de servicios financieros a personas con
discapacidad y personas adultas mayores o por motivos de sus antecedentes de
salud; difundir, sin consentimiento de la persona agraviada, información sobre
sus antecedentes y su condición de salud, así como el estigmatizar y negar sus
derechos a personas que viven con VIH/SIDA, o con antecedentes epidemiológicos.
En su intervención, la diputada del Grupo
Legislativo Mixto de los Partidos Movimiento Ciudadano y de la Revolución
Democrática, así como del Diputado Sin Partido (MC-PRD-DSP), subrayó que la
pandemia, generada por el coronavirus, Covid-19, no tiene precedentes en el
mundo, y que así como ha mostrado una rapidez considerable para propagar los
contagios, de igual forma se ha podido atender y dar de alta a un número
considerable de personas diagnosticadas con el virus y que, al ser atendidas
oportunamente, han sido dadas de alta.
Sostuvo que estas personas tendrán el
antecedente médico de haber sido portadoras del virus, lo que no debiera ser
motivo de discriminación, en virtud de que, salvo que tengan otro padecimiento
previo, son consideradas como personas sanas.
Destacó que no solamente debe evitarse la
discriminación por motivos de problemas de salud ya superados. Los antecedentes
de cualquier enfermedad o contagio adquirido que haya sido atendido y curado
por ningún motivo deben motivar actos de discriminación.
“Habrá gente en todo el país que lograrán
superar el contagio, pero lamentablemente podemos prever que persistirá entre
un amplio sector de la población la desconfianza y la percepción que por haber
sido portador de virus, una persona sigue siendo un potencial foco de contagio,
aun cuando haya sido dado de alta médica”, abundó.
La iniciativa
que reforma los artículos 3, y 6, fracciones XXX, XXXI y XXXII; ambos de
la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado, fue turnada a
la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables.