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junio 24, 2020

Ocho puntos claves de la reforma electoral


   Córdoba, Ver. | 24 junio de 2020 
Tribuna Libre.- Con la publicación en la Gaceta Oficial del Estado de los más recientes cambios a la Constitución cobró vigencia la reforma electoral local. Por lo que se cambiaron las reglas para regular el financiamiento a partidos políticos, se reducen a tres el número de consejos municipales, responsables de organizar y contar los votos en la elección de alcaldes; y permite la reelección, hasta por nueve años, de alcaldes, síndicos y regidores.

E-Consulta Veracruz te presenta los cambios más importantes a la ley, y que han generado posiciones en contra de partidos y actores políticos de Veracruz.

1.- Se establece la obligación legal de promover y proteger el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos y costumbres, recursos y formas específicas de organización social de los pueblos indígenas. Y se determina que tienen derecho a participar en la vida política, económica, social y cultural de Veracruz.

2.- Quedó establecido en la Constitución que la mujer no debe ser objeto de discriminación y tiene los mismos derechos y obligaciones que el hombre en la vida política, social, económica y cultural del Estado. Se determina que los cargos públicos, se tendrán que asignar atendiendo al principio de paridad de género.

3.- Se establece que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos; la desincorporación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave de la Federación; ni la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular. A pesar de que a nivel federal se valida la revocación de mandato, en Veracruz se limitó el que se pueda determinar la permanencia del Gobernador Cuitláhuac García Jiménez.

4.- Se decidió que el financiamiento para los partidos políticos nacionales se calculará multiplicando el número total de personas inscritas en el padrón electoral, por el treinta y dos punto cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En la actualidad, el monto se establece al multiplicar el 65 por ciento del valor de una UMA por el número de electores, por lo que, con lo anterior, el dinero para los institutos políticos se reduce a la mitad.

5.- Para la organización y calificación de las elecciones el órgano electoral local se auxiliaba de 30 consejos distritales y 212 municipales. A partir de la elección del 2021, se instalarán 30 consejos en cada distrito electoral, y calificarán las elecciones de gobernador, diputados y de los alcaldes electos en los municipios incluidos en su delimitación electoral.

En la elección de alcaldes se determinó que se podrán instalar Consejos Municipales Especiales, en los municipios donde concurran las actividades de dos o más distritos uninominales locales, eso sólo ocurre en Xalapa, Veracruz y Coatzacoalcos, que tiene distrito rural y urbano. Las otras 209 elecciones municipales las tendrán que calificar los funcionarios distritales.

6.- El TEEV podrá anular el resultado de una elección cuando: se exceda el gasto de campaña en un cinco por ciento del monto total autorizado; se compre o adquiera cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley; y si se utilizan recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en campaña.

7.- Se valida la reelección de alcaldes, síndicos y regidores para integrar los Ayuntamientos hasta por dos períodos consecutivos en términos de la Constitución federal. La postulación para la reelección sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por alguno de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.

8.- Finalmente se establece que las y los servidores públicos tienen la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos o la ciudadanía contendientes en los procesos electorales.
(E-Consulta)

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